Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 63

Fecha del Boletín 
15-03-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130315-101

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 69

EDICTO

101
Juicio verbal 923 de 2009

Doña Regina Pérez Sánchez, secretaria del Juzgado de primera instancia número 69 de Madrid.

Hago saber: Que en los autos de juicio verbal seguidos en este Juzgado con el número 923 de 2009, a instancias del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid, representado por el procurador don Gumersindo García Fernández y asistido por el letrado don Francisco Melero Rodríguez, contra doña María Ángeles Granados Chacón, se ha acordado notificar la sentencia dictada en los presentes a la demandada rebelde, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 44

En Madrid, a 4 de marzo de 2011.—Vistos por doña María Asunción Remírez Sainz de Murieta, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 69 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal número 923 de 2009, seguidos a instancias del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid, representado por el procurador don Gumersindo García Fernández y asistido por el letrado don Francisco Melero Rodríguez, contra doña María Ángeles Granados Chacón, declarada en situación procesal de rebeldía, en ejercicio de la acción de reclamación de la cantidad de 1.748,70 euros de principal, ha dictado en nombre de Su Majestad el Rey, esta sentencia, con base en el siguiente

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por el procurador don Gumersindo García Fernández, en representación del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid, frente a doña María Ángeles Granados Chacón, declarada en situación procesal de rebeldía, y en consecuencia:

1. Condeno a doña María Ángeles Granados Chacón a abonar al Colegio de Arquitectos de Catalunya (por sustitución procesal de las colegiadas arquitectas doña Carmen Benito Blanco y doña Nieves Leonor Nogales Álvarez) la cantidad de 1.748,70 euros, en concepto de honorarios.

2. Condeno, asimismo, a doña María Ángeles Granados Chacón a pagar al expresado demandante, en la misma calidad, el interés de demora pactado, por importe liquidado de 213,60 euros hasta la fecha de presentación de la demanda origen del presente procedimiento, más los intereses devengados a partir de dicha fecha y hasta el pago, al tipo pactado del 10 por 100 anual.

3. Condeno, asimismo, a doña María Ángeles Granados Chacón al pago de las costas derivadas del presente procedimiento.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña María Ángeles Granado Chacón, y para que sirva de notificación en forma a la referida demandada y su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente que firmo en Madrid, a 4 de marzo de 2011.—La secretaria (firmado).

(02/9.184/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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