Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 63

Fecha del Boletín 
15-03-2013

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130315-61

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

61
Impuesto vehículos tracción mecánica

Habiendo sido aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local el día 13 de febrero de 2013, se encuentra expuesto al público, en las oficinas de este Ayuntamiento, el padrón cobratorio de: impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del ejercicio 2013. El plazo de exposición será de veinte hábiles desde el día siguiente a la publicación de este anuncio. A partir del día 1 de marzo de 2013, los recibos se encontrarán al cobro, en período voluntario, en cualquier oficina bancaria de las siguientes entidades, “La Caixa”, “BBVA”, “Banesto” y “Caja Madrid”, hasta el día 30 de abril de 2013, previa presentación del juego de impresos.

Se advierte expresamente de que la no recepción del recibo o recibos no exime de la obligación del pago de los mismos.

En caso de extravío o no recepción del recibo, el contribuyente deberá solicitar de la oficina de recaudación un duplicado del mismo, debiendo dirigirse a cualquiera de las oficinas de la entidad colaboradora de “La Caixa”.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber satisfecho la deuda determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo del recargo correspondiente, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General Tributaria.

Contra los datos del padrón expuestos podrá interponerse recurso de reposición o cualquier otro que se estime conveniente ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes a partir del día inmediato siguiente al del término del período de exposición del mismo.

Cercedilla, a 13 de febrero de 2013.—El alcalde-presidente, Francisco Javier de Pablo García.

(02/1.172/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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