Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 65

Fecha del Boletín 
18-03-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130318-166

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CUENCA NÚMERO 1

EDICTO

166
Autos 196 de 2012

Don Víctor Ballesteros Fernández, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Cuenca.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 196 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Braulio Madrigal Izquierdo, contra la empresa “Transmilatriz, Sociedad Limitada”, “Rumoil 2”, “Aljoser, Sociedad Limitada”, “Transcar Logística, Sociedad Limitada”, “Raíl Oil, Sociedad Limitada”, “Cítium Eurogroup, Sociedad Limitada”, “Rondox Transport, Sociedad Limitada”, “Transvibeca, Sociedad Limitada”, doña Antonia Calleja Araque, don Isidoro Calleja Araque, doña Beatriz Calleja Araque, don Vicente Calleja Araque y doña Milagros Araque García, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es el siguiente:

Auto

Magistrado-juez de lo social, don Ramón González de la Aleja González de la Aleja.—En Cuenca, a 16 de enero de 2013.

Parte dispositiva:

Que debo declarar y declaro extinguida la relación laboral existente entre don Braulio Madrigal Izquierdo con “Transmilatriz, Sociedad Limitada”, “Rumoil 2, Sociedad Limitada”, “Aljoser, Sociedad Limitada”, “Transcar Logística, Sociedad Limitada”, “Raíl Oil, Sociedad Limitada”, “Cítium Eurogroup, Sociedad Limitada”, “Rondox Transport, Sociedad Limitada”, “Transvibeca, Sociedad Limitada”, doña Antonia Calleja Araque, don Isidro Calleja Araque, doña Beatriz Calleja Araque, don Vicente Calleja Araque y doña Milagros Araque García, con efectos desde la fecha de la presente resolución, condenando solidariamente “Transmilatriz, Sociedad Limitada”, “Rumoil 2, Sociedad Limitada”, “Aljoser, Sociedad Limitada”, “Transcar Logística, Sociedad Limitada”, “Raíl Oil, Sociedad Limitada”, “Cítium Eurogroup, Sociedad Limitada”, “Rondox Transport, Sociedad Limitada”, “Transvibeca, Sociedad Limitada”, doña Antonia Calleja Araque, don Isidro Calleja Araque, doña Beatriz Calleja Araque, don Vicente Calleja Araque y doña Milagros Araque García a que abonen a don Braulio Madrigal Izquierdo la cantidad de 32.425,35 euros en concepto de indemnización y 39.407,80 euros en concepto de salarios de tramitación.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros en concepto de depósito para recurrir en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado de lo social número 1, abierta en “Banesto”, cuenta número 1619000064019612, debiendo indicar en el campo concepto “Recurso”, seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el código “30 Social-Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerda y firma su señoría.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Aljoser, Sociedad Limitada”, y “Cítium Eurogroup, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Cuenca, a 7 de febrero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/5.763/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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