Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 66

Fecha del Boletín 
19-03-2013

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130319-10

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

10
ORDEN de 15 de marzo de 2013, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen las condiciones de una emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe de 64.600.000 euros.

El Consejo de Ministros, en su reunión de 18 de enero de 2013, autorizó a la Comunidad de Madrid a formalizar préstamos a largo plazo y emitir deuda pública, hasta un importe máximo de 2.270.071.373,81 euros. Posteriormente, el Consejo de Ministros, en su reunión de 1 de marzo de 2013, autorizó a la Comunidad de Madrid a formalizar préstamos a largo plazo y emitir deuda pública hasta un importe máximo de 657.095.612 euros.

El Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, acordó el 10 de enero de 2013, conforme al artículo 40.1 de la Ley 7/2012, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2013, la realización de una o varias operaciones financieras a largo plazo hasta un importe máximo de 2.270.071.373,81 euros, dentro del límite de endeudamiento establecido en el artículo 39 de la Ley 7/2012, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, para el año 2013. Posteriormente, el 14 de febrero de 2013 acordó la realización de operaciones financieras a largo plazo hasta un importe máximo de 1.314.191.224 euros.

En virtud de los Acuerdos citados, y dadas las condiciones actuales en el Mercado de Deuda Pública, se considera conveniente que la Comunidad de Madrid ponga en oferta un nuevo tramo de la emisión de obligaciones por un importe de 64.600.000 euros con un plazo de vida residual próximo a 6,98 años, al 4,688 por 100, vencimiento el 12 de marzo de 2020 (ES0000101396), cuyas condiciones se fijaron por Orden de 2 de marzo de 2010 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de marzo de 2010) y Resolución de 4 de marzo de 2010, de la Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio, al objeto de incrementar la liquidez de la emisión y de atender con esta reapertura la demanda de los inversores de valores a dicho plazo.

El importe obtenido a través de la mencionada ampliación no excede del importe susceptible de ser financiado, de conformidad con lo autorizado por los Acuerdos de Consejo de Gobierno mencionados, ni el límite establecido por los Acuerdos de Consejo de Ministros previamente referenciados.

En razón de lo expuesto, y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 95 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 40.5 de la citada Ley 7/2012, de 26 de diciembre.

DISPONGO

Primero

Realizar un nuevo tramo de emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe de 64.600.000 euros, con un plazo de vida residual próximo a 6,98 años, al 4,688 por 100, vencimiento el 12 de marzo de 2020 (ES0000101396), cuyas condiciones se fijaron por Orden de 2 de marzo de 2010 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de marzo de 2010) y Resolución de 4 de marzo de 2010 de la Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio, con las siguientes características:

— Importe: 64.600.000 euros.

— Fecha de emisión y desembolso del nuevo tramo: 21 de marzo de 2013.

— Cupón corrido: 0,115594521 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 74.674,06 euros.

— Precio de emisión excluyendo el cupón corrido: 97,935 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 63.266.010 euros.

— Precio incluyendo cupón corrido: 98,050594521 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 63.340.684,06 euros.

— Suscripción: El importe total de la emisión se adjudicará a la entidad suscriptora.

Segundo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se delega en el Director General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio la firma del contrato de suscripción de la emisión.

Tercero

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 15 de marzo de 2013.

El Consejero de Economía y Hacienda, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/8.935/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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