Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
30-03-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130330-141

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

141
Procedimiento ordinario 1.279 de 2011

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.279 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonia Pérez Gil, doña Carmen López Cobo, doña Concepción Martín Moreno, doña Dolores Pérez Gil, doña Elodía Mildred Hernández Rey, doña Lourdes Cobo Caballero, doña Lucía López Rodríguez, doña Lucy Griselda Loy Tutiven, doña María Rosario del Sol Santiago, doña Milagros Feijoo Martínez y doña Rodica Cordea, frente a don José Carlos González Vázquez y “Serveis Villaverde, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la sentencia número 39 de 2013 siguiente:

Fallo

Que con estimación de la demanda presentada por doña Lucy Griselda Loy Tutiven, doña Rodica Cordea, doña Antonia Pérez Gil, doña Dolores Pérez Gil, doña María Rosario del Sol Santiago, doña Milagros Feijoo Martínez, doña Lucía López Rodríguez, doña Concepción Martín Moreno, doña Carmen López Cobo, doña Lourdes Cobo Caballero y doña Elodía Mildred Hernández Rey, contra “Serveis Villaverde, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a doña Lucía López Rodríguez y a doña Elodía Mildred Hernández Rey, 3.069,55 euros de principal más 306,95 euros de interés por mora; a doña Concepción Martín Moreno, 3.038,69 euros de principal más 303,86 euros de interés por mora; doña Carmen López Cobo, 3.184,47 euros de principal más 318,44 euros de interés por mora; a doña Lourdes Cobo Caballero, 3.466,61 euros de principal más 346,66 euros de interés por mora; a doña Antonia Pérez Gil, 399,62 euros; a doña Dolores Pérez Gil, 3.377,18 euros de principal más 337,71 euros de interés por mora; a doña Rodica Cordea, 4.240,58 euros de principal más 424,05 euros de interés por mora; a doña María Rosario del Sol Santiago, 2.478,99 euros de principal más 247,89 euros de interés por mora; a doña Lucy Griselda Loy Tutiven, 2.295,25 euros de principal más 229,52 euros de interés por mora; a doña Milagros Feijoo Martínez, 1.855,69 euros de principal más 185,56 euros de interés por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Princesa, número 3, a nombre de este Juzgado con el número 2805, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Princesa, número 3, a nombre de este Juzgado con el número 2805, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Serveis Villaverde, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de febrero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/7.592/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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