Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
30-03-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130330-176

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE OVIEDO NÚMERO 5

EDICTO

176
Ejecución 76 de 2012

Doña María Nieves Álvarez Morales, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Oviedo.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 76 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Ángel Blanco Martínez, contra las empresas “Hogalia Internacional, Sociedad Limitada”, “Gano, Sociedad Anónima”, “Tiendas y Negocios Bolgachina, Sociedad Limitada”, “Kusiero, Sociedad Limitada”, “Inversiones Shitan, Sociedad Anónima”, “Grupo Mall Empresarial, Sociedad Limitada”, “Hogalia Patrimonial, Sociedad Anónima”, “Hogalia 3, Sociedad Limitada”, “Hogalia, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Se acuerda desestimar el recurso de revisión interpuesto por el ejecutante frente al decreto de fecha 5 de julio.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda y firma su señoría.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Tiendas y Negocios Bolgachina, Sociedad Limitada”, y “Hogalia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Oviedo, a 25 de febrero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.488/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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