Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
05-04-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130405-106

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 82

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

106
Procedimiento ordinario 1.143 de 2009

En el procedimiento ordinario número 1.143 de 2009, sobre otras materias, se ha dictado sentencia de fecha 20 de febrero de 2013, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 51 de 2013

En Madrid, a 20 de febrero de 2013.—La ilustrísima señora doña Eva E. Ramírez García, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 82 de Madrid y su partido judicial, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario promovidos por la comunidad de propietarios de la calle Alcalde López Casero, números 13 y 13 bis, representada en autos por el procurador don Jesús Iglesias Pérez y con asistencia del letrado don Francisco Gerardo de la Puente Ortas, contra los herederos de doña Elidia Alarcia Martínez, declarados en rebeldía, que versa sobre reclamación de cantidad derivada de deudas de la comunidad.

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda promovida por la comunidad de propietarios de la calle Alcalde López Casero, números 13 y 13 bis, representada en autos por el procurador don Jesús Iglesias Pérez, contra los herederos de doña Elidia Alarcia Martínez, rebeldes en estos autos, y, en consecuencia, debo condenarles y les condeno a abonar solidariamente a la parte actora la suma de 10.021,66 euros, que devengarán el interés legal, y todo ello con imposición de las costas causadas en esta instancia.

Y como consecuencia del ignorado paradero de la parte demandada herederos de doña Elidia Alarcia Martínez para la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID se extiende el presente.

En Madrid, a 25 de febrero de 2013.—El secretario (firmado).

(02/2.043/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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