Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
06-04-2013

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130406-27

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL

Sección Tercera

EDICTO

27
Recurso 2.067 de 2012

Don Luis Fariñas Matoni, secretario de la Sala de lo social (Sección Tercera) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Hago saber: Que en las actuaciones del recurso de suplicación número 2.067 de 2012 seguidas ante la Sección Tercera de la Sala de lo social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanante de los autos número 967 de 2011 del Juzgado de lo social número 41 de Madrid, promovidos por “Ibermutuamur, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales”, contra “Fercaber, Sociedad Anónima”, doña Evangelina Martínez Torres, Tesorería General de la Seguridad Social e Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre materias de Seguridad Social, con fecha 26 de febrero de 2013 se ha dictado resolución que es del siguiente tenor literal:

Diligencia de ordenación del secretario judicial, señor Fariñas Matoni.—En Madrid, a 26 de febrero de 2013.

La pongo yo, el secretario judicial, para hacer constar que en fecha 25 de enero de 2013 ha tenido entrada en esta Secretaría escrito de preparación de recurso de casación para la unificación de la doctrina presentado por la parte demandante.

Recibido el anterior escrito junto con el justificante de ingreso del depósito por 600 euros, únase; se tiene por preparado en tiempo el recurso de casación para la unificación de doctrina contra la sentencia dictada por esta Sala, adviértase al letrado don Jacinto Berzosa Revilla, en nombre y representación de la parte recurrente “Ibermutuamur, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales”, que quedan a su disposición los autos en la oficina judicial de esta Sección Tercera para su entrega o examen, si lo estima necesario, e interponga el recurso en los quince días siguientes a partir de la notificación de la presente resolución, al letrado designado, que correrán cualquiera que sea el momento en que se retiren los autos puestos a su disposición. De no efectuarse lo que antecede en tiempo y forma, se declarará desierto el recurso y firme la sentencia (artículo 223.1 del texto refundido de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social).

Se advierte al recurrente, que el escrito de interposición deberá ir firmado por abogado, con tantas copias como partes recurridas, y reunir los requisitos del artículo 224 del mismo texto legal.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución no cabe recurso alguno. Adviértase a la parte recurrida que podrá oponerse a la admisión del recurso al personarse ante la Sala de lo social del Tribunal Supremo.

Y para que sirva de notificación y advertencia en forma a “Fercaber, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto en Madrid, a 27 de febrero de 2013.—El secretario (firmado).

(03/8.142/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130406-27