Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
06-04-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130406-28

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 28

EDICTO

28
Autos 390 de 2012

Doña Eva María Luna Mairal, secretaria del Juzgado de primera instancia número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo y Secretaría de la que refrenda se siguen autos de divorcio contencioso número 390 de 2012, sobre otras materias, a instancias de doña Elsa María Fernández Menéndez, representada por la procuradora doña María Eugenia García Montero, contra don Esteban Cirilo Menéndez Pérez, en ignorado paradero, en los que por resolución del día de hoy se ha acordado notificar por medio de edictos al mencionado demandado la sentencia de fecha 4 de marzo de 2013, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 116 de 2013

En Madrid, a 4 de marzo de 2013.—La señora doña Emilia Marta Sánchez Alonso, magistrada-juez de primera instancia de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 390 de 2012, a instancias de doña Elsa María Fernández Menéndez, contra don Esteban Cirilo Menéndez Pérez, declarado legalmente en rebeldía, en base al siguiente

Fallo

Que estimando como estimo la demanda formulada por la procuradora señora García Montero, en nombre y representación de doña Elsa María Fernández Menéndez, contra don Esteban Cirilo Menéndez Pérez, debo declarar y declaro disuelto su matrimonio, por divorcio, con todos los efectos legales inherentes a tal declaración, dejando sin efecto las medidas aprobadas por sentencia de separación de 16 de junio de 2003, en la que se aprobaba el convenio regulador de 15 de noviembre de 2002.

Todo ello sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Notifíquese la presente resolución a las partes, observando lo prevenido en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y firme que sea expídase el oportuno despacho para la anotación marginal de la misma en la inscripción de matrimonio.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que así conste, y sirva el presente de notificación en legal forma al demandado don Esteban Cirilo Menéndez Pérez, y para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo el presente en Madrid, a 4 de marzo de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/8.088/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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