Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
06-04-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130406-69

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

69
Procedimiento 1.106 de 2012

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.106 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cristina Indart del Río, doña Elena Castro Crespo, don Luis Almería Sánchez, doña María Enedina Monforte Jiménez, doña María Eugenia Fuertes Fernández y doña Silvia Cañizares Gómez, frente a “Anejo, Sociedad Limitada”, “Campo Solar Río Oja, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, “Gestora Española de Sociedades Cooperativas y Comunidades, Sociedad Anónima”, “Inversiones y Desarrollos Inmobiliarios Ocaña, Sociedad Limitada”, y “Sonseca Solar Vallehermoso, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado auto de embargo preventivo, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Por razones de economía procesal no se admite a trámite el recurso de reposición interpuesto por la parte actora y se acuerda el embargo preventivo de bienes de las demandadas “Sonseca Solar Vallehermoso, Sociedad Limitada”, “Anejo, Sociedad Limitada”, y “Gestora Española de Sociedades Cooperativas y Comunidades, Sociedad Anónima”, en cuantía suficiente para cubrir la cantidad restante de principal de 224.502,99 euros y la cantidad restante 7.699,40 euros que se calculan para costas de forma provisional, sin perjuicio de su ulterior liquidación.

Se acuerda la traba de los siguientes bienes propiedad de “Gescosa”:

Parcela VC-8.2, Sector Sur R-6, Azuqueca de Henares, finca número 24.044, referencia catastral 6709802VK7960N0001EI, libro 377, tomo 2.259 y folio 95 del Registro de la Propiedad número 2 de Guadalajara.

Vivienda unifamiliar sita en la calle Olmo, número 39, de Pozuelo del Rey, referencia catastral 3489404VK638N000JW.

Vivienda unifamiliar sita en la calle Carolina Coronado, número 6, de Carrascal de Barregas (Salamanca), finca número 1.837, inscrita al tomo 3.497, libro 31, folio 69, referencia catastral 0062104TL30650001IU del Registro de la Propiedad de Salamanca.

Vivienda unifamiliar sita en la calle Carolina Coronado, número 10, de Carrascal de Barregas (Salamanca), finca número 1.839, inscrita al tomo 3.497, libro 31, folio 69 del Registro de la propiedad de Salamanca.

Respecto del resto de los bienes inmuebles facilitados por la parte actora, no se procede al embargo preventivo, puesto que consultada la base de datos del Punto Neutro Judicial no figuran como Propiedad de la misma.

Se acuerda la traba de los bienes de la demandada “Anejo, Sociedad Limitada”:

Finca sita en la calle Cerro del Espino, número 8, planta primera, puerta 11, Majadahonda (Madrid), referencia catastral 7093301VK2779S0269HZ.

Finca sita en la calle Cerro del Espino, número 8, planta primera, puerta 12, Majadahonda (Madrid), referencia catastral 7093301VK2779S0270FL.

Finca sita en la calle Cerro del Espino, número 8, planta primera, puerta 14, Majadahonda (Madrid), referencia catastral 7093301VK2779S0272HZ.

Finca sita en la calle Cerro del Espino, número 8, escalera 1-D, planta primera, puerta A, Majadahonda (Madrid), referencia catastral 7093301VK2779S0317TP.

Finca sita en la avenida Primero de Mayo, número 8, planta primera, puerta 1, Rivas-Vaciamadrid (Madrid), referencia catastral 6157403VK5665N0070RP.

Se acuerda la traba de los bienes de la demandada “Sonseca Solar Vallehermoso, Sociedad Limitada”:

Finca sita en la calle Teresa de Jesús, número 13, Carrascal de Barregas (Salamanca), referencia catastral 0062110TL7306S0001SU.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2510/0000/61/1106/12.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Francisca Arce Gómez.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Inversiones y Desarrollos Inmobiliarios Ocaña, Sociedad Limitada”, “Sonseca Solar Vallehermoso, Sociedad Limitada”, “Campo Solar Río Oja, Sociedad Limitada”, “Anejo, Sociedad Limitada”, y “Gestora Española de Sociedades Cooperativas y Comunidades, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de febrero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.915/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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