Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
06-04-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130406-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

95
Ejecución 95 de 2012-A

Don Enrique Roldán López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 95 de 2012-A de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Leandro Tena Zuil, frente a “Lorenzo Jiménez García Alcalá, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia obrante en autos a favor del ejecutante don Leandro Tena Zuil, frente a “Lorenzo Jiménez García Alcalá, Sociedad Limitada”, por un principal de 2.624,46 euros, más 262,44 euros y otros 262,44 euros presupuestados provisionalmente para costas e intereses.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días ante este mismo Juzgado.

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima señora doña Inmaculada Parrado Caparrós, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Parte dispositiva:

Se acuerda dejar en suspenso la ejecución despachada, por encontrarse la entidad ejecutada “Lorenzo Jiménez García Alcalá, Sociedad Limitada”, en situación de concurso de acreedores.

Expídanse testimonios de la sentencia de fecha 5 de marzo de 2012, del auto de ejecución de fecha 7 de mayo de 2012 y de la presente, y remítanse a la parte actora junto con copia sellada de la demanda y de este decreto y procédase al archivo de las actuaciones previa baja en el libro correspondiente.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Lorenzo Jiménez García Alcalá, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 26 de febrero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/8.047/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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