Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 87

Fecha del Boletín 
13-04-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130413-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

70
Procedimiento ordinario 26 de 2012

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 26 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Fátima Harbal, frente a “Axom Piqueras, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 77 de 2013

En Madrid, a 28 de febrero de 2013.—Vistos por la ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de lo social número 11 de Madrid, doña Ana Victoria Jiménez Jiménez, los presentes autos número 26 de 2012, seguidos a instancias de doña Fátima Harbal, contra Fondo de Garantía Salarial y “Axom Piqueras, Sociedad Limitada”, sobre materias laborales individuales, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por doña Fátima Harbal, contra “Axom Piqueras, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la cantidad de 743,08 euros por los conceptos y períodos expresados.

Notifíquese la presente resolución a las partes y a la administradora concursal de la empresa demandada doña Amalia Fernández Doyagüe.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Axom Piqueras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de marzo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.000/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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