Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 87

Fecha del Boletín 
13-04-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130413-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

96
Ejecución 198 de 2011-A

Don Enrique Roldán López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 198 de 2011-A de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Anastasio Franco Ayala, frente a don César Nolberto Apolo Elizalde, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se declara la insolvencia provisional total del ejecutado don César Nolberto Apolo Elizalde por un principal de 2.500 euros, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Habiendo resultado devuelta por correos, la diligencia de fecha 6 de febrero de 2013 dirigida al demandado, y habiéndose reseñado en el sobre como motivo de la devolución “caducado”, inténtese la notificación de la citada resolución, así como la de la presente, a través del Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Madrid, y de manera cautelar, publíquense ambas resoluciones por medio de edictos que serán insertos en el tablón de anuncios de este Juzgado, y en el caso de este decreto, también en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Una vez devenga firme la presente resolución, se expedirán de oficio los testimonios necesarios para solicitar prestaciones ante el Fondo de Garantía Salarial, los cuales serán remitidos a la parte actora por correo, sin necesidad de que sean solicitados por escrito, y tan pronto conste la recepción de los mismos por parte del demandante, se procederá al cierre y archivo de las actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2519/0000/64/0198/11.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don César Nolberto Apolo Elizalde, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 6 de marzo de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/8.869/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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