Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 87

Fecha del Boletín 
13-04-2013

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130413-152

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

152
Ejecución 236 de 2012

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 236 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Marrón Domínguez, contra don Juan Urbán Peña, “Instalaciones Urbán, Sociedad Anónima”, e “Ingespafur, Sociedad Limitada”, se han dictado autos de fechas 27 de diciembre de 2012 y 21 de enero de 2013, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución del acta de conciliación a favor de la parte ejecutante don Alberto Marrón Domínguez, frente a “Instalaciones Urbán, Sociedad Anónima”, “Ingespafur, Sociedad Limitada”, y don Juan Urbán Peña, parte ejecutada, por la cantidad de 29.768 euros de principal, más 4.465,20 euros calculados provisionalmente para intereses y costas.

Contra este auto cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles siguientes al de su notificación, sin perjuicio de su ejecutividad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 239.4 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre.

De conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, disposición adicional decimoquinta, es necesaria la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2850, que es exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo señor don Francisco Juan Sánchez Delgado, magistrado-juez de lo social del número 1 de los de Móstoles.—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Parte dispositiva:

Se deja en suspenso, en su actual estado, la tramitación de las presentes actuaciones respecto de “Instalaciones Urbán, Sociedad Anónima”, por hallarse declarada en situación de concurso la empresa demandada, sin perjuicio del tratamiento concursal que corresponda dar a los créditos declarados en la sentencia recaída, a cuyo fin podrá instarse la ejecución ante el magistrado-juez del concurso (Juzgado de lo mercantil número 6 de Madrid).

Hágase entrega a la parte actora de testimonio de la demanda, la sentencia recaída en este procedimiento con expresión de su firmeza y las actuaciones que se hayan practicado con posterioridad a la sentencia.

Archívense provisionalmente las presentes actuaciones respecto de la ejecutada “Instalaciones Urbán, Sociedad Anónima”, continuando las mismas respecto de “Ingespafur, Sociedad Limitada”, y don Juan Urbán Peña.

Transfiéranse las cantidades que sean embargadas a “Instalaciones Urbán, Sociedad Anónima”, a la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado de lo mercantil número 6 de Madrid.

Notifíquese esta resolución a las partes, así como al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que frente a ella podrá interponerse recurso de reposición ante este Juzgado en el término de tres días a contar desde su notificación, previo depósito de 25 euros al que vendrán obligados todos aquellos que no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, que deberán efectuar en la cuenta de este Juzgado en “Banesto” número 2850, sucursal 1096, sita en paseo de Goya, número 2, de Móstoles (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Francisco Juan Sánchez Delgado.—Doy fe.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Juan Urbán Peña, “Instalaciones Urbán, Sociedad Anónima”, e “Ingespafur, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 1 de marzo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.902/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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