Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 90

Fecha del Boletín 
17-04-2013

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130417-74

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección Undécima

EDICTO

74
Rollo 686 de 2011

Doña Amalia Marcos Andrés, secretaria de la Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Madrid.

Hago saber: Que en esta Sección, y con el número de rollo 686 de 2011, se siguen en grado de apelación los autos de juicio verbal número 1.468 de 2010, procedentes del Juzgado de primera instancia número 9 de Madrid, seguidos a instancias de “Consorcio de Compensación de Seguros”, contra doña María Isabel Arranz Sánchez, sobre reclamación de 2.031,69 euros, y en el cual, habiendo sido magistrado-ponente don Félix Almazán Lafuente, se ha dictado con fecha 22 de enero de 2013 sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando el recurso de apelación interpuesto por el “Consorcio de Compensación de Seguros”, contra la sentencia dictada por el Juzgado de primera instancia número 9 de Madrid, en fecha 8 de marzo de 2009, en el juicio verbal de referencia, debo revocar y revoco, parcialmente, referida resolución, concretamente en el pronunciamiento referente a “Admiral Insurance Company Limited”, a quien se condena, solidariamente con la otra demandada, al pago de la cantidad reclamada, intereses en la forma establecida en el fundamento de derecho tercero y costas de la primera instancia; todo ello, sin hacer especial declaración en cuanto a las causadas en esta alzada, que abonarán, cada parte, las por ella generadas y las comunes por mitad.

Notifíquese la presente resolución a las partes y devuélvanse los autos originales al Juzgado de procedencia con copia certificada de la misma.

Contra esta sentencia no cabe recurso alguno por razón de la cuantía, sin perjuicio de que pueda interponerse recurso de casación por interés casacional, si concurren las circunstancias previstas en el artículo 477.2.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y, también en su caso, extraordinario por infracción procesal, en la forma prevista en la disposición final decimosexta de la citada Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 469 de referida norma. Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se expide el presente, sirviendo de notificación en forma a doña María Isabel Arranz Sánchez.

Dado en Madrid, a 8 de marzo de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/9.802/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130417-74