Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 91

Fecha del Boletín 
18-04-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130418-190

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

190
Procedimiento 305 de 2012

Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 305 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Edwin Ramiro Ordóñez-Delgado y don Jacinto Mata Moya, frente a “Facilita Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 6 de marzo de 2013.

Lo extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que en fecha 28 de febrero de 2013 ha tenido entrada el anterior escrito que se une a los autos de su razón. Se comprueba que ha habido un error en el auto de fecha 3 de diciembre de 2012, al enviar uno correspondiente a otro procedimiento, por lo que se deja sin efecto el mismo, procediéndose a enviar el correspondiente al procedimiento.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 3 de diciembre de 2012.—Por todo lo cual,

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Jacinto Mata Moya y don Edwin Ramiro Ordóñez-Delgado con la empresa “Facilita Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, condenando a esta parte a que abone a las partes ejecutantes las siguientes cantidades:

Para don Jacinto Mata Moya: en concepto de indemnización la cantidad de 6.788,88 euros, resultado de calcular cuarenta y cinco días por año trabajado hasta la presente resolución (3 de diciembre de 2012); y en concepto de salarios de tramitación, la cantidad resultante desde la fecha del despido (31 de enero de 2012) y hasta el día de la fecha de esta resolución, lo que supone doscientos setenta y tres días, por un salario día de 35,85 euros, resulta la cantidad de 9.788,32 euros.

Y para don Edwin Ramiro Ordóñez-Delgado: en concepto de indemnización la cantidad de 7.698,27 euros, resultado de calcular cuarenta y cinco días por año trabajado hasta la presente resolución (3 de diciembre de 2012); y en concepto de salarios de tramitación, la cantidad resultante desde la fecha de despido (31 de enero de 2012) y hasta el día de la fecha de esta resolución, lo que supone doscientos setenta y tres días, por un salario día de 36,40 euros, resulta la cantidad de 9.937,92 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2524/0000/61/0305/12.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Henar Merino Senovilla.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Edwin Ramiro Ordóñez-Delgado y “Facilita Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 13 de marzo de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/9.518/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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