Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
22-04-2013

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130422-115

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 5

EDICTO

115
Juicio faltas 189 de 2012

Doña Margarita Pérez Martínez, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 de Majadahonda.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 189 de 2012, se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

En Majadahonda, a 16 de noviembre de 2012.—Vistos por mí, doña María Teresa Abad Arranz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Majadahonda y su partido, los autos de juicio de faltas número 902 de 2011, incoados por una presunta falta contra el patrimonio, en los que han sido partes: como denunciante, don Álvaro García Urosa; como denunciados, don Aleksánder Ivov Nikolov, con número de identificación de extranjería X-9194555-Y, nacido en Bulgaria el 20 de mayo de 1992, hijo de Ivo y Verka; don Mihail Samimi Amoli, con número de identificación de extranjería X-8241359-E, nacido en Bulgaria, hijo de Masoud y Daniella; don Jersson Alexánder Orozco Martín, con número de identificación de extranjería S-9558764-X, nacido en Ecuador el 8 de septiembre de 1991, hijo de Wilson y Marta; don Énder José López Matos, con número de identificación de extranjería X-3821561-L, nacido en República Dominicana el 26 de noviembre de 1990, hijo de José y Dolores, y don Jorge Flores Ainojosa, nacido en Bolivia el 30 de mayo de 1987, hijo de Jorge y Míriam, y en los que ha sido parte el ministerio fiscal.

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Aleksánder Ivov Nikolov, con número de identificación de extranjería X-9194555-Y, nacido en Bulgaria el 20 de mayo de 1992, hijo de Ivo y Verka, como autor penalmente responsable de una falta de apropiación indebida, en grado de tentativa, de los artículos 623.1 y 16 del Código Penal, ya descrita, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de un mes, con una cuota diaria de 3 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de hasta quince días de privación de libertad del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, así como a una quinta parte de las costas procesales, en su caso.

Que debo condenar y condeno a don Mihail Samimi Amoli, con número de identificación de extranjería X-8241359-E, nacido en Bulgaria, hijo de Masoud y Daniella, como autor penalmente responsable de una falta de apropiación indebida, en grado de tentativa, de los artículos 623.1 y 16 del Código Penal, ya descrita, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de un mes, con una cuota diaria de 3 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de hasta quince días de privación de libertad del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, así como a una quinta parte de las costas procesales, en su caso.

Que debo condenar y condeno a don Jersson Alexánder Orozco Martín, con número de identificación de extranjería S-9558764-X, nacido en Ecuador el 8 de septiembre de 1991, hijo de Wilson y Marta, como autor penalmente responsable de una falta de apropiación indebida, en grado de tentativa, de los artículos 623.1 y 16 del Código Penal, ya descrita, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de un mes, con una cuota diaria de 3 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de hasta quince días de privación de libertad del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, así como a una quinta parte de las costas procesales, en su caso.

Que debo condenar y condeno a don Énder José López Matos, con número de identificación de extranjería X-3821561-L, nacido en República Dominicana el 26 de noviembre de 1990, hijo de don José y Dolores, como autor penalmente responsable de una falta de apropiación indebida, en grado de tentativa, de los artículos 623.1 y 16 del Código Penal, ya descrita, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de un mes, con una cuota diaria de 3 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de hasta quince días de privación de libertad del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, así como a una quinta parte de las costas procesales, en su caso.

Que debo condenar y condeno a don Jorge Flores Ainojosa, nacido en Bolivia el 30 de mayo de 1987, hijo de Jorge y Míriam, como autor penalmente responsable de una falta de apropiación indebida, en grado de tentativa, de los artículos 623.1 y 16 del Código Penal, ya descrita, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de un mes, con una cuota diaria de 3 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de hasta quince días de privación de libertad del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, así como a una quinta parte de las costas procesales, en su caso.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en este Juzgado, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, que se incluirá en el libro correspondiente y de la que se llevará constancia a la causa, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Jerson Alexánder Orozco Ortiz, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Majadahonda, a 7 de marzo de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/10.096/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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