Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
22-04-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130422-154

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

154
Ejecución 163 de 2012

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 163 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Joaquín Fernando Pons Yagüe, frente a “Bermejo Patrimonial de Desarrollos Urbanísticos, Sociedad Limitada”, y “Bermejo e Hijos Transportes y Excavaciones, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones de fechas 30 de enero, 1 de febrero y 11 de febrero de 2013, respectivamente:

Acta de subasta

En Madrid, a 30 de enero de 2013.—Siendo las trece horas, ante mí, don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial, se procede a la celebración de la subasta que en el presente proceso fue señalada para el día de hoy.

Anunciado el acto, concurren el siguiente licitador: don Juan Pablo de Prado Ruiz, con documento nacional de identidad número 44357531-F, en nombre y representación de “Agroquímicos Prado, Sociedad Limitada”, según poder que exhibe y retira en este acto.

Hace entrega de resguardo de ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado número 24 por importe de 6.300 euros, correspondientes al 20 por 100 del avalúo del primer lote.

Declara conocer las condiciones generales y particulares de la subasta.

A continuación procedo a la lectura de la relación de bienes, anunciando en voz alta el bien que se subasta.

Abierta la puja se ofrece la siguiente postura: don Juan Pablo de Prado Ruiz ofrece 10.073 euros.

Tras sucesivas pujas se llegó a la mejor postura que fue la de 10.073 euros, ofrecida por don Juan Pablo de Prado Ruiz, la cual supera el 30 por 100 del valor de tasación y cubre la cantidad por la que se ha despachado ejecución, incluyendo lo previsto para intereses y costas.

Dese traslado al ejecutante a fin de que presente mejor postor, si así lo quisiera, al ser la puja inferior al 30 por 100 de la tasación.

A los efectos del artículo 650.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil dese traslado a las ejecutadas.

Queden las cantidades depositadas para tomar parte en la subasta a resultas de la aprobación del remate, conforme a lo solicitado por el resto de los licitadores.

De todo lo cual se extiende la presente acta que, en prueba de conformidad, firman los comparecientes conmigo, el secretario judicial, doy fe.

En Madrid, a 1 de febrero de 2013.—Habiéndose celebrado subasta y siendo la mejor postura ofrecida en la subasta celebrada en estas actuaciones, inferior al 50 por 100 del avalúo, dese traslado a las ejecutadas por un plazo de diez días para que puedan presentar tercero que mejore la postura, ofreciendo cantidad superior al 50 por 100 del valor de tasación o que, aun inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.

En Madrid, a 11 de febrero de 2013.—Por recibida documentación de “Banesto” acreditativa del ingreso realizado por don Juan Pablo de Prado Ruiz, en nombre de “Agroquímicos Prado, Sociedad Limitada”, por importe de 6.300 euros, únase a los autos de su razón previo registro en el libro de depósitos y consignaciones de este Juzgado y visto su contenido, confiérase traslado de la misma a las partes.

Expídase mandamiento de devolución a favor de don Joaquín Fernando Pons Yagüe, parte actora, por importe de 6.300 euros en concepto de parte principal, resultando pendiente la suma de 2.134,32 euros por dicho concepto, sin perjuicio de la posterior tasación de costas y liquidación de intereses.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Bermejo e Hijos Transportes y Excavaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de marzo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.930/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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