Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
22-04-2013

Sección 1.3.100.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130422-20

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES

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RESOLUCIÓN 995/2013, de 21 de marzo, por la que se acuerda publicar el inicio de la fase de alegaciones relativa al expediente de elaboración de la disposición de carácter general por la que se crea el fichero de datos de carácter personal denominado “SIUSS” (Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales), dependiente de la Dirección General de Coordinación de la Dependencia.

La Dirección General de Coordinación de la Dependencia ha elaborado un proyecto de disposición de carácter general por el que se aprueba la creación de un fichero que contiene datos de carácter personal.

Tras la entrada en vigor de la Ley 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, ha quedado derogada la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, y extinguida la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

En consideración a lo anterior, la normativa por la que ha de regirse la creación, modificación y supresión de ficheros de datos de carácter personal se encuentra actualmente prevista en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, tiene por objeto garantizar y proteger, en relación con el tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, especialmente, respecto al honor y a la intimidad personal y familiar.

En el capítulo I del título IV de la citada Ley Orgánica se establecen los aspectos formales y materiales que deben tener los ficheros de titularidad pública. En concreto, el artículo 20 dispone que la creación, modificación y supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse mediante disposición general publicada en el “Boletín Oficial del Estado” o en el diario oficial correspondiente.

Asimismo, el artículo 24 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, establece el procedimiento de elaboración de las disposiciones de carácter general. De acuerdo con el apartado 1.c) del mencionado precepto, cuando la naturaleza de la disposición así lo aconseje podrá someterse el texto de la misma a información pública, durante un plazo no inferior a quince días hábiles.

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, y habida cuenta de que la Dirección General de Coordinación de la Dependencia ha instado el procedimiento para la creación del fichero de datos de carácter personal “SIUSS” (Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales) en virtud de la autorización del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para la implantación de dicho sistema informático, en entorno web, para su utilización en los Centros de Servicios Sociales Atención Social Primaria de nuestra región, procede abrir una fase de alegaciones relativas a la adecuación, pertinencia o proporcionalidad de los datos de carácter personal que pretendan solicitarse en relación con la finalidad del fichero, que se concreta en la recogida y tratamiento de datos de usuarios de los Servicios Sociales, necesarios para realizar una intervención profesional como respuesta a una demanda social.

En su virtud, y en uso de las competencias conferidas por las disposiciones vigentes,

RESUELVO

Publicar, para general conocimiento, el inicio de la fase de alegaciones relativa al proyecto de disposición de carácter general por la que se crea el siguiente fichero: “SIUSS” (Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales).

Dicha fase de alegaciones tendrá una duración de quince días hábiles, que se computarán a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Durante este plazo y a los efectos de lo dispuesto en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, las personas interesadas podrán examinar el mencionado proyecto de Orden en las dependencias de la Dirección General de Coordinación de la Dependencia, sitas en la calle Espartinas, número 10, de Madrid, en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes, y presentar las alegaciones pertinentes en cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, a 21 de marzo de 2013.—La Secretaria General Técnica, Rosario Jiménez Santiago.

(03/11.601/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.100.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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