Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
22-04-2013

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130422-61

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BUITRAGO DEL LOZOYA

RÉGIMEN ECONÓMICO

61
Ordenanza fiscal residencia ancianos

Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de marzo de 2013, se adoptó el acuerdo relativo a la ordenación e imposición de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por estancia y uso de los servicios de la residencia de ancianos y centro de día “Miralrío” del Ayuntamiento Buitrago del Lozoya.

En la Secretaría-Intervención de este Ayuntamiento y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se halla expuesto al público el acuerdo provisional, de ordenación e imposición de la ordenanza fiscal indicada, adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 7 de marzo de 2013.

Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 del citado texto refundido podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, contra la aprobación provisional de modificación de las citadas ordenanzas, con sujeción a las normas que se indican a continuación:

a) Plazo de exposición pública y de presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Ayuntamiento.

c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.

Asimismo, se pone de manifiesto que, en base a las resoluciones adoptadas por el Pleno y de lo previsto en el artículo 17.3 de la citada Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el supuesto de que no se presenten reclamaciones, los acuerdos provisionales se elevarán a definitivos.

En Buitrago del Lozoya, a 4 de abril de 2013.—El alcalde, Ángel Martínez Herrero.

(03/11.515/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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