Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 97

Fecha del Boletín 
25-04-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130425-149

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

149
Ejecución 266 de 2012

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 266 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nuria Arjona Vázquez y don Práxedes Hernández Hernández, frente a “Sonitel Telecomunicaciones y Servicios, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Práxedes Hernández Hernández y doña Nuria Arjona Vázquez con la empresa “Sonitel Telecomunicaciones y Servicios, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a doña Nuria Arjona Vázquez la cantidad de 33.947,86 euros en concepto de indemnización, y le sean abonados los salarios de tramitación desde el día 23 de abril de 2012 hasta el día 12 de marzo de 2013, a razón de 73,88 euros diarios, y a don Práxedes Hernández Hernández la cantidad de 14.353,85 euros en concepto de indemnización, y le sean abonados los salarios de tramitación desde el día 23 de abril de 2012 hasta el día 12 de marzo de 2013, a razón de 36,27 euros diarios, sin perjuicio y al margen de las cantidades reconocidas en sentencia en concepto de liquidación.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2513/0000/64/0266/12.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el magistrado-juez de lo social.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sonitel Telecomunicaciones y Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de marzo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.466/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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