Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
26-04-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130426-149

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

149
Ejecución 65 de 2009

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 65 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Gregorio Montero, frente a “Aldejavisa, Sociedad Anónima”, “Dirección y Planificación de Obras, Sociedad Anónima”, Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Itoga, Sociedad Limitada”, y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 22 de marzo de 2013.—Por todo lo cual,

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 6.059,25 euros de principal, 605,92 euros de intereses y 605,92 euros calculados para costas, se declara la insolvencia total de las ejecutadas “Itoga, Sociedad Limitada”. “Dirección y Planificación de Obras, Sociedad Anónima”, y “Aldejavisa, Sociedad Anónima”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hace efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de las deudoras (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Notifíquese la presente resolución y una vez firme, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2518/0000/69/0008/07.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Itoga, Sociedad Limitada”, “Aldejavisa, Sociedad Anónima”, y “Dirección y Planificación de Obras, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 22 de marzo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.817/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130426-149