Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
26-04-2013

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130426-209

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

209
Demanda 1.109 de 2012

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.109 de 2012-A de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Almudena Márquez Mancebo, contra la empresa “Global Plus Inversiones, Sociedad Limitada Unipersonal”, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Estimar la solicitud de aclaración de la sentencia presentada por doña Almudena Márquez Mancebo mediante escrito de 11 de marzo de 2013, debiendo tener el fundamento de derecho tercero, cuarto y quinto y el fallo párrafo segundo la siguiente redacción:

1.o Fundamento de derecho tercero:

«Además al ejercitarse conjuntamente con la acción de despido una acción de reclamación de cantidad por la actora, por el importe de 1.166 euros, debe analizarse la misma, resultando que de la prueba practicada no ha quedado probado el pago por la sociedad demandada de tal cantidad o cualquier otro hecho impeditivo o enervador del pago, prueba que le incumbía conforme al artículo 217.1 y 3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, reconociendo además adeudar tal cantidad.

En consecuencia, procede condenar a “Global Plus Inversiones, Sociedad Limitada Unipersonal”, a abonar a doña Almudena Márquez Mancebo la cantidad de 1.166 euros, más el 10 por 100 de interés por mora conforme al artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.»

2.o Los Fundamentos de derecho tercero y cuarto pasan a ser los fundamentos de derecho cuarto y quinto con el mismo contenido.

3.o El fallo, párrafo segundo:

«Estimar la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por doña Almudena Márquez Mancebo, contra “Global Plus Inversiones, Sociedad Limitada Unipersonal”, condenando a la mercantil demandada a abonar a la actora la cantidad de 1.166 euros, más el 10 por 100 de interés por mora...»

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan contra la sentencia dictada el día 13 de febrero de 2013.

La presente resolución judicial la pronuncia, manda y firma don Francisco Juan Sánchez Delgado, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles, en nombre de Su Majestad el Rey.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Global Plus Inversiones, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 14 de marzo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.807/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130426-209