Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
26-04-2013

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130426-24

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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RESOLUCIÓN de 18 de abril de 2013, por la que se hace pública la Orden 1070/2013, de 18 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el «Proyecto de construcción del aliviadero en el emisario B-1 (sistema “El Endrinal”) al arroyo de los Linos», en el término municipal de Collado Mediano, y se convoca a los interesados al levantamiento de las actas previas a la ocupación. Expediente número 344.

En aplicación de los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y 20 de su Reglamento de ejecución, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, se hace público que el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno ha dictado la siguiente:

Orden 1070/2013, de 18 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el «Proyecto de construcción del aliviadero en el emisario B-1 (sistema “El Endrinal”) al arroyo de los Linos», en el término municipal de Collado Mediano, y se convoca a los interesados al levantamiento de las actas previas a la ocupación. Expediente número 344

El emisario que transporta las aguas residuales de Collado Mediano, denominado B-1, pertenece al sistema conocido como “El Endrinal”, que es el diseñado para recoger los vertidos de aguas residuales procedentes de los municipios de Navacerrada, Collado Mediano, Alpedrete, Moralzarzal, Collado Villalba y, parcialmente, de El Escorial y Galapagar para su posterior tratamiento en la Estación Depuradora de Aguas Residuales denominada “El Endrinal”.

El proyecto tiene por objeto la mejora de la capacidad y el funcionamiento del citado emisario B1, mediante la renovación de un tramo de 160 metros de longitud, el redimensionamiento del aliviadero existente, dotándole de un tamiz que actuaría sobre las aguas vertidas, y la remodelación de 65 metros del colector de alivio hasta su desembocadura en el arroyo de los Linos, construyendo dos nuevos pozos de registro.

Con fecha 13 de agosto de 2009, la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio emitió informe en el que se indica que las actuaciones proyectadas no quedan incluidas en ninguno de los Anexos de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, ni afectada por lo establecido en tal normativa.

Por la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, en sesión celebrada el 30 de marzo de 2012, se acordó aprobar definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras de las obras, el cual se hizo público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 93, de 19 de abril de 2012.

La Orden 299/2012, de 15 de septiembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, dispuso someter a información pública la relación de bienes y derechos afectados por este proyecto, siendo la entidad beneficiaria del expediente expropiatorio el Canal de Isabel II. Se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 9, de 11 de enero de 2013, en el diario “La Gaceta” de 7 de enero de 2013, y expuesta durante quince días en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Collado Mediano.

Dentro del plazo establecido para el trámite de información pública no se han formulado alegaciones por parte de los interesados.

La urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto viene motivada por los rebosamientos en los pozos de registro del emisario B-1 que se producen por la insuficiente capacidad hidráulica del aliviadero y del colector del alivio del arroyo y por la falta de una instalación de retención de líquidos en el aliviadero.

En este sentido, a los efectos de los artículos 20 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, en adelante LEF, y 19 de su Reglamento de Ejecución aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, y con base en los antecedentes administrativos citados, se estima procedente ratificar todas las actuaciones habidas hasta la fecha, y en consecuencia, declarar la urgente ocupación de los bienes y derechos comprendidos en la relación que acompaña la presente Orden, confirmando las afecciones por resultar indispensables para el cumplimiento del objeto del proyecto.

La declaración de utilidad pública del proyecto se considera realizada en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 de la LEF, y en la disposición adicional octava de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 52 de la LEF, se entiende cumplido el trámite de necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto.

En el expediente consta la existencia de crédito suficiente para hacer efectivo el pago de las indemnizaciones expropiatorias, en atención a lo previsto en el artículo 52 de la LEF.

En su virtud, y en aplicación de los artículos 52 de la LEF y 19.3 de la Ley 3/2007, de 26 de julio, de Medidas Urgentes de Modernización del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa relativo al «Proyecto de construcción del aliviadero en el emisario B-1 (sistema “El Endrinal”) al arroyo de los Linos», en el término municipal de Collado Mediano. La relación detallada de los bienes y derechos afectados figura en el Anexo a esta Orden, siendo extensiva esta declaración, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, a los bienes que pudieran verse afectados por los reformados posteriores al proyecto.

Segundo

Notificar a los interesados el lugar, día y hora en que han de comparecer para el levantamiento del acta previa a la ocupación. La relación de interesados, los Ayuntamientos y la fecha de convocatoria se detallan, asimismo, en el Anexo a esta Orden.

Los interesados, una vez publicada la relación y hasta el momento del levantamiento del acta previa, podrán formular por escrito ante la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (plaza de Pontejos, número 3, 28012 Madrid), alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan padecido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación. El modelo de dicho escrito, así como la información para su gestión telemática, podrá encontrarse en https://gestionesytramites.madrid.org/

En relación con aquellos bienes que se acrediten como de dominio público, se estará a lo dispuesto en la normativa sectorial sobre su uso.



Los datos personales contenidos en este documento serán tratados informáticamente en el fichero “Peticiones de Servicio. Gestión de Servicios (PE Asesoría Jurídica, Expropiaciones, Planos)”, y podrán ser cedidos a los órganos jurisdiccionales, además de otras cesiones previstas en la Ley, todo ello, de conformidad con el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, pudiendo ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición por escrito, con la referencia LOPD, ante Canal de Isabel II (calle Santa Engracia, número 125, 28003 Madrid).

La presente publicación se hace, además, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, respecto a posibles interesados no identificados, a titulares desconocidos, se ignore el lugar de notificación o bien, intentada esta, no se hubiera podido practicar.

Contra la citada Orden, que pone fin a la vía administrativa, en lo relativo a las circunstancias que justifican declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados, se podrá interponer recurso de reposición, ante el propio órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación o, en su defecto, su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

En Madrid, a 18 de abril de 2013.—El Secretario General Técnico, José de la Uz Pardos.

(01/1.167/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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