Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
26-04-2013

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130426-65

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ

RÉGIMEN ECONÓMICO

65
Modificación ordenanza fiscal

El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 24 de abril de 2013, aprobó inicialmente la modificación parcial de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el otorgamiento de licencias y autorizaciones administrativas de autotaxis y demás vehículos de alquiler.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 15 a 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Real Decreto Legislativo 2/2004, todos los documentos tramitados para la adopción de este acuerdo permanecerán expuestos al público en la Secretaría de este Ayuntamiento por plazo de treinta días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Durante este plazo los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.

En todo caso, el acuerdo definitivo adoptado en resolución de reclamaciones o, en su caso, el provisional elevado automáticamente a definitivo no entrarán en vigor hasta la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la redacción íntegra de los preceptos modificados.

Contra la ordenanza definitivamente aprobada y de acuerdo con lo establecido en el artículo 19.1 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, solo cabrá recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos establecidos en las normas reguladoras de dicha jurisdicción.

Aranjuez, a 25 de abril de 2013.—La concejala-delegada de Hacienda, María Piedad Roldán Moreno.

(03/13.734/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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