Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 107

Fecha del Boletín 
07-05-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130507-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

108
Ejecución 56 de 2013

Doña Ana María Olalla del Olmo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 22 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 56 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Isabel Alejo Expósito, frente a “Esabe, Limpieza Integral, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la resolución del siguiente tenor literal:

Parte dispositiva:

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de la ejecutante doña María Isabel Alejo Expósito, frente a “Esabe, Limpieza Integral, Sociedad Limitada”.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 280 de la Ley de la Jurisdicción Social, se acuerda citar a las partes a comparecencia para el examen de las manifestaciones invocadas en el escrito de la parte actora, en orden al cumplimiento de lo fallado, por lo que deberán acudir con los medios de prueba de que intenten valerse a la Sala de vistas de este Juzgado el día 10 de junio de 2013, a las once horas, advirtiéndoles de que si no asiste el trabajador personalmente o persona que le represente en virtud de poder notarial de representación o “apud acta”, se le tendrá por desistido de su solicitud, y que si no lo hace el empresario o su representante, se celebrará el acto sin su presencia.

Recábese telemáticamente de la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social, informe de la vida laboral del trabajador y, adviértase, asimismo, a la parte actora de que, a efectos del cómputo de los salarios de tramitación deberá acreditarse a través de la presentación de las correspondientes nóminas, el período de prestación de servicios en otra empresa, entendiéndose en otro caso que el salario percibido es igual o superior al que tenía con anterioridad (artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores).

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto” 2387-0000-64-0436-12.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, el ilustrísimo señor magistrado-juez, don Benito Raboso del Amo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe, Limpieza Integral, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de abril de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.171/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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