Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 107

Fecha del Boletín 
07-05-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130507-130

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1

EDICTO

130
Autos 1.043 de 2013

Doña María del Carmen Martín García, secretaria del Juzgado de lo social número 1 de Toledo.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don Jaouad El Llokmani, contra “Rejillas y Contenedores, Sociedad Limitada”, e “Ikea Ibérica, Sociedad Anónima”, en reclamación por despido, registrado con el número 1.043 de 2012, de despidos/ceses en general, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social, citar a “Ikea Ibérica, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 1, sito en la calle Marqués de Mendigorría, número 2, el día 14 de mayo de 2013, a las once y treinta horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistida de abogado o representada técnicamente por graduado social colegiado o representada por procurador pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal, por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que trasladada tal intención a la actora pueda esta estar representada técnicamente por graduado social colegiado o representada por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio, la falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a “Ikea Ibérica, Sociedad Anónima”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Toledo, a 23 de abril de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.178/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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