Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
09-05-2013

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130509-35

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

35
Ordenanza creación ficheros vídeo actas Pleno Municipal

Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 26 de febrero de 2013, se acordó aprobar inicialmente la ordenanza de:

a) Creación de los siguientes ficheros de datos de carácter personal: “Vídeo Actas del Pleno Municipal”, “Línea Directa Concejalía Distrito Centro”, “SIUSS Servicios Sociales”.

b) Modificación de los siguientes ficheros de datos de carácter personal: “Tercera Edad”, “Paso de Carruajes” “Módulo de Lectores Pablo Iglesias”, “Actividades Educativas y Deportivas”, “Intervenciones Policía Local”, “Rentas y Exacciones”, “Sugerencias y Reclamaciones”.

c) Supresión de los siguientes ficheros de datos de carácter personal: “SAD”, “Usuarios Mediateca Anabel Segura”, “Usuarios Mediateca Carlos Muñoz”.

Y someterla a información pública por un plazo de treinta días hábiles mediante la inserción del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, surtiendo esta aprobación inicial efectos definitivos si no se presentan alegaciones.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, significándose que el plazo de treinta días para la presentación de las alegaciones que se estimen oportunas empezará a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio, quedando el respectivo expediente en las oficinas municipales a efectos de que pueda ser examinado por los interesados.

Alcobendas, a 15 de abril de 2013.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(03/13.381/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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