Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
10-05-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130510-197

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

197
Procedimiento ordinario 41 de 2012

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de número 41 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eduardo Saavedra Esteban, frente a “Daponc Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, y “Roca Miettel Business, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:

Acta

En Madrid, a 2 de abril de 2013.—Ante la ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña María Luisa Gil Meana, de este Juzgado de lo social número 32 de Madrid, con asistencia de mí, el secretario judicial, don David Atienza Marcos, comparecen: como demandante, don Eduardo Saavedra Esteban, con documento nacional de identidad número 50882004-R, asistido por el letrado don Eugenio Saavedra Esteban, con carné profesional número 63.831, y como demandados, “Secoe, Sociedad Limitada”, representada por doña Beatriz Sánchez Fernández, con carné profesional número 49.222, en virtud de escritura de poder otorgada en Majadahonda ante el notario don José Ramón Rego Lodos, en fecha 17 de diciembre de 2010, al número 1.840 de su protocolo, que en este acto exhibe y retira; “Daponc Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, y “Roca Miettel Business, Sociedad Limitada”, no comparecen, y Fondo de Garantía Salarial, no comparece.

Su señoría acuerda la suspensión de los actos de conciliación y/o juicio señalados, alegando los siguientes motivos: se da cuatro días para ampliar la demanda contra el administrador concursal, y la parte actora desiste de “Secoe, Sociedad Limitada”, y “Roca Miettel Business, Sociedad Limitada”.

Su señoría a la vista de lo anterior, acuerda la suspensión de los actos de conciliación y juicios señalados para el día 2 de abril de 2013, a las diez horas.

Asimismo, acuerda señalar nuevamente para dichos actos el día 28 de mayo de 2013, a las once y veinte horas, en la Sala de vistas de este Juzgado, dándose las partes que se encuentran presentes por citadas para los mismos.

Dándose por notificadas las partes del presente acuerdo, se da por terminada esta comparecencia, firmando esta acta los que en la misma intervienen, después de su señoría, de lo que yo, el secretario, doy fe.

Parte dispositiva:

Se acuerda tener por desistido a la parte actora don Eduardo Saavedra Esteban de la acción ejercitada en este procedimiento, frente a “Roca Miettel Business, Sociedad Limitada”, y “Secoe, Sociedad Limitada”.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2805/0000/60/0041/12.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Roca Miettel Business, Sociedad Limitada”, y “Daponc Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de abril de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/13.798/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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