Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
10-05-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130510-133

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

133
Procedimiento ordinario 1.506 de 2010

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.506 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Betty Culma López, frente a doña Yolanda Fernández Pacheco, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Margarita Rosa Robayna Perera.—En Madrid, a 6 de junio de 2012.

Parte dispositiva:

Que procede aclarar el fallo de la sentencia dictada en los presentes autos en fecha 11 de octubre de 2011, debiendo quedar el mismo redactado en los términos siguientes:

«Estimando la demanda interpuesta por doña Betty Culma López, contra la demandada doña Yolanda Fernández Pacheco (que no comparece), debo condenar y condeno a la citada demandada a abonar a la actora la cantidad total de 1.400,67 euros (1.273,34 euros, más el 10 por 100).»

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Yolanda Fernández Pacheco, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de abril de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/12.095/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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