Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
10-05-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130510-208

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

208
Ejecución 129 de 2011

Doña María Teresa Estrada Barranco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 129 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Ibermutuamur, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 274”, frente a “Caralone, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado resoluciones de fechas 14 de septiembre de 2012 y 26 de marzo de 2013 siguientes:

Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 537,09 euros y 107 euros, sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a dictar insolvencia, y antes de ello, conforme a lo previsto en el artículo 276 de la Ley de la Jurisdicción Social, dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que en el término de quince días inste la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designe bienes de la deudora que le consten.

No constando la notificación del auto despachando ejecución de fecha 14 de septiembre de 2011 a la ejecutada, líbrese oficio al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para la publicación de edictos de aquella resolución junto con la presente.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Auto

Magistrado-juez de lo social, don Marcos Ramos Valles.—En Madrid, a 14 de septiembre de 2011.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia dictada en el presente procedimiento a favor de la parte ejecutante “Ibermutuamur”, frente a “Caralone, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 537,09 euros de principal, más 107 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a esta resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición a la ejecución por parte de la ejecutada, la cual habrá de sustanciarse mediante la presentación de escrito en este Juzgado de lo social en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de su notificación (artículos 551.4 y 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), sin que su sola interposición suspenda la ejecutividad de lo acordado (artículo 556.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así por este su auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Caralone, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de marzo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/12.088/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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