Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
13-05-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130513-212

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 1

EDICTO

212
Ejecución 21 de 2013

Don José Agustín Rifé Fernández-Ramos, secretario del Juzgado de lo social número 1 de Alicante.

Hace saber: Que en la ejecución que se tramita ante este Juzgado, bajo el número 21 de 2013, por despidos, instada por don Francisc Maxim, contra “Aljoser, Sociedad Limitada”, se ha acordado en la diligencia de ejecución lo siguiente:

Diligencia de ejecución del secretario judicial, don José Agustín Rifé Fernández-Ramos.—En Alicante, a 19 de abril de 2013.

La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar el estado de las actuaciones en el procedimiento de reclamación por despido y cantidad, y habiéndose devuelto el correo certificado con acuse de recibo sin entregar ni practicar las diligencias interesadas a la parte actora, y vista la diligencia negativa de citación a la mercantil “Aljoser, Sociedad Limitada”, se acuerda requerir de comparecencia nuevamente a las partes para el día 13 de junio de 2013, a las once y treinta horas, con la prevención de que en caso de no comparecer el actor se procederá al archivo de las actuaciones y caso de no hacerlo la demandada se celebrará el acto sin su presencia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer ante este mismo Juzgado recurso de reposición en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo consignar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado en cualquier sucursal de “Banesto”, con especificación en el mandamiento de ingreso de cuenta Juzgado número 0111, concepto “Recurso”, tipo “Reposición-Social”, código “30”, número de expediente 21/2013, o por transferencia bancaria, indicándose después de los dieciséis dígitos el código y tipo de recurso, al tiempo de interponerlo, únicamente por quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, con la advertencia de que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a “Aljoser, Sociedad Limitada”, cuyo paradero actual se desconoce y el último conocido fue en la calle José Ortega y Gasset, número 25, planta baja, puerta derecha, de Madrid, expido el presente en Alicante, a 19 de abril de 2013, para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.—El secretario judicial (firmado).

(03/13.820/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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