Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
13-05-2013

Sección 1.4.190.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130513-35

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID

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RESOLUCIÓN de 11 de febrero de 2013, para la resolución de contrato con incautación de garantía definitiva, del “Servicio de limpieza en la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Navales de la Universidad Politécnica de Madrid”, suscrito con la empresa “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”.

Ignorándose el actual domicilio de la empresa “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, contra la que se tramita la resolución de contrato con incautación de garantía definitiva de contrato administrativo, y siendo desconocida en la dirección que figura en los archivos de esta Universidad, se notifica por el presente anuncio lo siguiente:

Notificación:

En virtud del acuerdo adoptado por el Rectorado de esta Universidad Politécnica de Madrid, de fecha 11 de febrero de 2013, se procede a notificar lo siguiente:

«Examinado el expediente de resolución de contrato administrativo del “Servicio de limpieza en la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Navales de la Universidad Politécnica de Madrid”,

Vistos:

a) El anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de fecha 17 de enero de 2013, en el que se concede audiencia a la empresa contratista “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada” (B-80443120).

b) El escrito en el que se concede audiencia al avalista “Compañía Española de Seguros y Reaseguros Crédito y Caución, Sociedad Anónima”.

c) Certificado de la Jefa del Servicio de Contratación de la Universidad Politécnica de Madrid en el que consta que transcurrido el plazo de diez días naturales, a que hace referencia el artículo 109.1.a) del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, sin que se hayan presentado alegaciones, documentos ni justificantes en defensa de su postura, por lo que se interpreta como no oposición a la resolución del contrato.

De conformidad con lo establecido en el artículo 206 y concordantes de la Ley de Contratos del Sector Público y el artículo 109 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, este Rectorado, en uso de las atribuciones que le confiere la legislación vigente, acuerda:

1. Resolver el contrato administrativo del “Servicio de limpieza en la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Navales de la Universidad Politécnica de Madrid”, motivado por incumplimiento del contratista en sus obligaciones con respecto a los trabajadores derivadas de su condición de empresario, de conformidad con lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige el contrato, por lo que incurre en causa de resolución, en virtud de lo dispuesto en el artículo 206 en sus apartados f) y g) de la Ley de Contratos del Sector Público y el artículo 109 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, por lo que resulta de aplicación lo establecido en el artículo 207.6 de la Ley de Contratos del Sector Público.

2. Incautar totalmente la garantía definitiva constituida por la empresa “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada” (B-80443120) por importe de 22.789,22 euros, con número de registro 200855010411G, en fecha 9 de diciembre de 2008, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley de Contratos del Sector Público y 208.4 de la Ley de Contratos del Sector Público.

3. Notificar el presente acuerdo a los interesados, a la empresa contratista “Esabe Lim­­piezas Integrales, Sociedad Limitada” y al avalista “Compañía Española de Seguros y Reaseguros Crédito y Caución, Sociedad Anónima”, a los efectos oportunos.

Madrid, a 11 de febrero de 2013.—El Rector, Carlos Conde Lázaro».

Lo que se comunica, para conocimiento y efectos, significando que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el señor Rector Magnífico de esta Universidad o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Lo que se comunica a los efectos de lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre), al haber sido devueltas, en dos ocasiones, las notificaciones por “Desconocido".

Madrid, a 17 de abril de 2013.—El Rector, Carlos Conde Lázaro.

(01/1.230/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.190.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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