Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
13-05-2013

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130513-80

Páginas: 7


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO

RÉGIMEN ECONÓMICO

80
Aprobación modificación precios públicos mantenimiento red viaria

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 24 de abril de 2013, adoptó acuerdo de modificación y aprobación de precios públicos, procediéndose a la publicación de los mismos conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En los siguientes términos:

Primero.—Aprobar la modificación del apartado tercero “Cuantía” de los precios públicos por la prestación de los servicios de mantenimiento, conservación, reforma y reparación de la red viaria, sus pavimentos e infraestructuras del municipio de Villanueva del Pardillo, consistentes en tapados de calas, asfaltado, reparación de baches, hundimientos y desperfectos de la pavimentación, pasos de carruajes y cualesquiera obras de naturaleza análoga derivados de la realización de obras de cualquier tipo de actividad en el término municipal, en los términos que constan en el expediente de su razón.

Segundo.—Ordenar la publicación de este acuerdo y de los precios modificados descritos.

Conforme al citado acuerdo se procede a la publicación de la modificación de la cuantía de los precios, cuyo tenor literal es el siguiente:

Tercero.—El importe de los precios públicos por la realización de los trabajos descritos se fija en las cuantías que figuran en el anexo I que se une, con las siguientes puntualizaciones:

a) Obras en aceras con una superficie comprendida entre 10 y 300 metros cuadrados.

La valoración de estas obras se realizará aplicando a la medición efectuada el precio correspondiente del cuadro de precios aprobado

Obras en calzada con una superficie comprendida entre 10 y 750 metros cuadrados.

El criterio de valoración será el mismo del apartado anterior.

b) Obras en calzada y/o aceras con una superficie inferior a 10 metros cuadrados.

La valoración de estas obras será el mismo que se define en los apartados a) y b), incrementada en un 12 por 100 los precios unitarios correspondientes a los capítulos de demolición y pavimentación del cuadro de precios aprobado. Para aquellas actuaciones incluidas en este apartado, cuya superficie no supere los 3 metros cuadrados se considerará a efectos de valoración por unidad de actuación la cantidad de 3 metros cuadrados cualquiera que sea su superficie.

c) Obras en aceras con una superficie superior a 300 metros cuadrados.

Se establece el mismo criterio de valoración que en el apartado a), minorando en un 10 por 100 los precios unitarios correspondientes a los capítulos de demolición y pavimentación del cuadro de precios aprobado.

d) Obras en calzadas con una superficie superior a 750 metros cuadrados.

Se aplicará el mismo criterio que en el apartado d).













Contra el acto anteriormente indicado, que agota la vía administrativa, según los artículos 109.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 52.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses, contados desde la presente publicación en la forma establecida en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o en los casos que proceda recurso extraordinario de revisión. Pudiendo, no obstante, interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes desde esta publicación ante el mismo órgano que dicta el acto en la forma y plazos establecidos en el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Villanueva del Pardillo, a 25 de abril de 2013.—El alcalde, Juan González Miramón.

(03/13.728/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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