Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
13-05-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130513-156

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

156
Procedimiento ordinario 1.186 de 2011

Don Enrique Roldán López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.186 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Adrián Martínez Lorente, don Alberto Pardo González, don Ángel García Gallego, don Ángel Gordo Villalba, don Antonio Navarro García, don Gabriel García García, don Julián Mozos Zamora, don Mariano Cebolla Ayala, don Mariano Cebolla Navarrete, don Oduber Giraldo Rendón y don Rachid Bellardi Alaquin, frente a Fondo de Garantía Salarial y “Fundiciones Ardoz, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 25 de marzo de 2013.

Parte dispositiva:

Se acuerda tener por desistida a la parte actora don Gabriel García García, don Adrián Martínez Lorente, don Mariano Cebolla Ayala, don Rachid Bellardi Alaquin, don Alberto Pardo González, don Mariano Cebolla Navarrete, don Ángel Gordo Villalba, don Julián Mozos Zamora, don Antonio Navarro García, don Ángel García Gallego, y don Oduber Giraldo Rendón de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2519/0000/60/1186/11.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Fundiciones Ardoz, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 3 de abril de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/12.262/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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