Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 115

Fecha del Boletín 
16-05-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130516-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 29

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

83
Procedimiento 307 de 2012

En el procedimiento de medidas provisionales previas a la demanda número 307 de 2012, sobre otras materias, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Auto

En Madrid, a 21 de diciembre de 2012.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Teresa Martín Nájera, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 29 de Madrid, los autos seguidos en este Juzgado al número 307 de 2012, sobre medidas provisionales previas a la demanda, a instancias de doña Carmen del Pilar Rodríguez Vejarano, contra don Víctor Horcajo Pérez, y siendo parte el ministerio fiscal.

Acuerdo: Estimando parcialmente las pretensiones de doña Carmen del Pilar Rodríguez Vejarano, contra don Víctor Horcajo Pérez, procede acordar con carácter provisional las siguientes medidas:

Se reconoce a la madre la guarda y custodia de su hija menor.

Se atribuye a la madre el ejercicio exclusivo de la patria potestad.

Pensión de alimentos: no procede fijarse en este momento, por desconocer la situación del padre.

Régimen de visitas: no procede fijarse en este momento a favor del padre.

Los anteriores efectos y medidas solo subsistirán si dentro de los treinta días siguientes a su adopción se presenta por cualquiera de las partes la demanda anunciada de divorcio.

No se hace expresa condena en costas.

Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno (artículo 771.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Víctor Horcajo Pérez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 25 de marzo de 2013.—El secretario (firmado).

(03/12.720/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130516-83