Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
24-05-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130524-176

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

176
Ejecución 280 de 2010

Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 280 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Manuel Muñoz Ocaña, frente a “Solados y Pavimentos Redondo, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 26 de marzo de 2013.

Parte dispositiva:

Se aprueba la liquidación de intereses legales por la suma de 8,25 euros y de intereses procesales por importe de 128,40 euros a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición del ejecutante las cantidades resultantes de la liquidación de intereses, y de la ejecutada el sobrante que asciende a un importe de 28,15 euros, una vez entregado los intereses y firme la presente resolución. Líbrense al efectos los oportunos mandamientos.

Cítese a ambas partes para que comparezcan ante este Juzgado, de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, en el plazo de diez días, a fin de retirar dichas consignaciones.

Una vez firme esta resolución, notificadas las partes y entregadas dichas consignaciones, archívese el presente procedimiento.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2505/0000/64/0280/10.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Solados y Pavimentos Redondo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de abril de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.957/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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