Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
24-05-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130524-208

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

208
Ejecución 39 de 2013

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 39 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Sancho Jimeno, doña María Jesús Zurdo Gómez y doña Vanesa Rodríguez Ortega, frente a “Gesvicam Gestión de Cooperativas, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 10 de abril de 2013.

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don José Luis Sancho Jimeno, doña Vanesa Rodríguez Ortega y doña María Jesús Zurdo Gómez con la empresa “Gesvicam Gestión de Cooperativas, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a aquellos las siguientes cantidades:

A don José Luis Sancho Jimeno: indemnización, 65.588,76 euros; salarios desde el día 18 de noviembre de 2011 al día 10 de abril de 2013 (quinientos nueve días a razón de 89,67 euros/día), 45.642,03 euros.

A doña María Jesús Zurdo Gómez: indemnización, 51.659,10 euros; salarios desde el día 18 de noviembre de 2011 al día 10 de abril de 2013 (quinientos nueve días a razón de 80,56 euros/día), 41.005,04 euros.

A doña Vanesa Rodríguez Ortega: indemnización, 18.127,73 euros; salarios desde el día 18 de noviembre de 2011 al día 10 de abril de 2013 (quinientos nueve días a razón de 56,11 euros/día), 28.559,99 euros.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2518/0000/64/0039/13.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Teresa Orellana Carrasco.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gesvicam Gestión de Cooperativas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 10 de abril de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.072/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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