Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
24-05-2013

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130524-73

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PIÑUÉCAR-GANDULLAS

OTROS ANUNCIOS

73
Notificación por desconocimiento de la propiedad del vehículo

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y no siendo posible la notificación individual por desconocer la propiedad del vehículo, carecer el vehículo de matrículas y ser el bastidor del vehículo de procedencia extranjera, se hace público lo siguiente:

Se concede un plazo de quince días desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para ser reclamado o retirado, previa aportación de la documentación completa y en regla y previo pago de la tasa establecida en la ordenanza fiscal por retirada, abandono, depósito e inmovilización de vehículos en suelo público, del vehículo marca “Rover”, modelo 75, color gris metalizado, sin matrícula y con bastidor SARRJSTHK2D220506.

En caso contrario, se entenderá la renuncia expresa al mismo y se procederá a su tratamiento como residuo sólido urbano, de conformidad con la Ley 7/1985, de 2 de abril, modificada por la Ley 11/1999, en su artículo 2.a); el Real Decreto 339/1990, de 2 de marzo, en su artículo 71.a), y lo dispuesto en la ordenanza fiscal por retirada, abandono, depósito e inmovilización de vehículos en suelo público, en sus artículos 1 a 8.

Contra la presente resolución, de conformidad con lo previsto en los artículos 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, podrá interponer, de manera potestativa, recurso de reposición previo a la reclamación económico-administrativa ante la alcaldesa-presidente del Ayuntamiento de Piñuécar-Gandullas, o bien, directamente, reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo de Madrid.

En Piñuécar-Gandullas, a 26 de abril de 2013.—La alcaldesa-presidente, Míriam Sierra Álvarez.

(02/3.355/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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