Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
24-05-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130524-166

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

166
Procedimiento 153 de 2012

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Asunto en que se acuerda: juicio número 153 de 2012, promovido por don Richard Artemio Moreno Vargas, doña Elsa Viviana Bravo y don Luciano Edgardo Viceconte, sobre despido.

Empresas que se cita: “Average Niles, Sociedad Limitada”, “Inversiones Glandiarama, Sociedad Limitada”, y “Asian Bussines Plan, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio.

Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por don Richard Artemio Moreno Vargas, doña Elsa Viviana Bravo y don Luciano Edgardo Viceconte sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes.

Lugar y fecha en los que deben comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas, el día 13 de junio de 2013, a las nueve horas y cincuenta y un minuto.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social).

2. Deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretenden comparecer en el juicio asistidas de abogado o representadas por procurador o graduado social colegiado deben manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

4. Si no comparecen, y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que les perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social), además de imponerles, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero.

Diligencia.—En Madrid, a 24 de enero de 2013.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para dar cuenta a su señoría ilustrísima que se ha recibido de la correspondiente oficina de la Delegación del Decanato, fechado por dicha oficina el día 21 de enero de 2013, escrito de la parte actora, por el que amplía la demanda presentada en su día.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Rosario Barrio Pelegrini.—En Madrid, a 24 de enero de 2013.

Dada cuenta; por presentado el anterior escrito únase a los autos de su razón, y dese traslado del mismo mediante copia a la parte contraria.

Se tiene por ampliada la demanda contra “Average Niles, Sociedad Limitada”, e “Inversiones Glandiarama, Sociedad Limitada”, y, en consecuencia, cítese a las partes, en única convocatoria, para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, señalándose para tales actos la audiencia del día 13 de junio de 2013, a las nueve horas y cincuenta y un minuto, en la Sala de vistas de este Juzgado, sito la calle Princesa, número 3, segunda planta, de Madrid. Hágase entrega a las demandadas, contra las que se ha ampliado la demanda, de copia de la demanda presentada y resto de los documentos, advirtiendo a las partes lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarlo: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado y ante la secretaria judicial actuante dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así lo mando y firmo.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo mandado, enviando a las partes un sobre por correo certificado con acuse de recibo, conteniendo copia de la anterior resolución y, además, para las demandadas contra las que se ha hecho la ampliación, copia de la demanda, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley de Procedimiento Laboral.—Doy fe.

Las empresas citadas pueden examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.

En Madrid, a 22 de abril de 2013.—La secretaria judicial, Rosario Barrio Pelegrini.

(03/15.379/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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