Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
27-05-2013

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130527-68

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALGETE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

68
Nombramiento tenientes de alcalde

Mediante resolución de la Alcaldía-Presidencia 193/2013, de 25 de abril, se resolvió el tenor literal siguiente:

Decreto de Alcaldía-Presidencia 193/2013

Don Cesáreo de la Puebla de Mesa, alcalde-presidente.—En Algete, a 25 de abril de 2013.

Considerando que en fecha 24 de abril de 2013, ha sido elegido nuevo alcalde.

Considerando las competencias legales de esta Alcaldía-Presidencia atribuidas en los artículos 21.2, 23, 75 y 104 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; los artículos 21 y 22 del Real Decreto 781/1986, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de régimen local, y los artículos 43, 44, 46, 47, 52 y 53 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Considerando lo anteriormente expuesto.

Visto el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuanto a la delegación de competencias, los preceptos citados y demás de legal aplicación, vengo a decretar:

Primero.—Nombrar tenientes de alcalde a los concejales siguientes:

— Primera teniente de alcalde, doña Beatriz María González de Castejón Rodríguez-Salmones.

— Segundo teniente de alcalde, don Mariano Hidalgo Pérez.

— Tercer teniente de alcalde, don Jaime del Barrio Pisón.

— Cuarta teniente de alcalde, doña Lourdes de Villota Chocano.

A los tenientes de alcalde, en cuanto tales, les corresponderá sustituir a esta Alcaldía en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que les imposibilite para el ejercicio de sus atribuciones.

Segundo.—Nombrar a doña Beatriz María González de Castejón Rodríguez-Salmones primera teniente de alcalde y concejala-delegada para las áreas de Urbanismo, Vivienda y Transportes y de los Servicios Técnicos Municipales.

Tipo de delegación: genérica.

Facultades que se delegan:

— Dirigir, inspeccionar e impulsar las áreas y servicios municipales dedicados a esas materias, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

— Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

— Capacidad de realizar y formalizar contratos menores hasta 3.005,06 euros.

Tercero.—Nombrar a don Mariano Hidalgo Pérez segundo teniente de alcalde y concejal-delegado de Deportes, Parques y Jardines y Servicios Municipales.

Tipo de delegación: genérica.

Facultades que se delegan:

— Dirigir, inspeccionar e impulsar las áreas y servicios municipales dedicados a esas materias incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

— Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

— Capacidad de realizar y formalizar contratos menores hasta 3.005,06 euros.

Cuarto.—Nombrar a don Jaime del Barrio Pisón presidente de la Junta de Distrito de Santo Domingo y concejal-delegado de Medio Ambiente.

Tipo de delegación: genérica.

Facultades que se delegan:

— Dirigir, inspeccionar e impulsar las áreas y servicios municipales dedicados a esas materias, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

— Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

— Capacidad de realizar y formalizar contratos menores hasta 3.005,06 euros.

— Las asignadas en el Reglamento Regulador del Funcionamiento de la Junta Municipal de Distrito de Santo Domingo para la Presidencia.

Quinto.—Nombrar a doña Lourdes de Villota Chocano tercera teniente de alcalde y concejala-delegada para Recursos Humanos, Educación y Cultura.

Tipo de delegación: genérica.

Facultades que se delegan:

— Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios municipales dedicados a esas materias, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

— Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

— Capacidad de realizar y formalizar contratos menores hasta 3.005,06 euros.

Sexto.—Nombrar a don Emilio Iván Monasterio López cuarto teniente de alcalde y concejal-delegado de Empleo y para las Relaciones y Fomento de la Actividad Industrial Local.

Tipo de delegación: genérica.

Facultades que se delegan:

— Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios municipales dedicados a esas materias, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

— Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

— Capacidad de realizar y formalizar contratos menores hasta 3.005,06 euros.

Séptimo.—Nombrar a don David Sújar Martín concejal-delegado de Nuevas Tecnologías, Comunicación y Festejos.

Tipo de delegación: genérica.

Facultades que se delegan:

— Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios municipales dedicados a esas materias, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

— Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

— Capacidad de realizar y formalizar contratos menores hasta 3.005,06 euros.

Octavo.—Nombrar a doña Noemí Galán Rico presidenta de la Junta de Distrito de Prado Norte y concejala-delegada de Juventud e Infancia.

Tipo de delegación: genérica.

Facultades que se delegan:

— Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios municipales dedicados a esas materias, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

— Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

— Capacidad de realizar y formalizar contratos menores hasta 3.005,06 euros.

— Las asignadas en el Reglamento Regulador del Funcionamiento de la Junta Municipal de Distrito de Prado Norte para la Presidencia.

Noveno.—Nombrar a don José Luis Cardona Calleja concejal-delegado de Infraestructuras y Obras.

Tipo de delegación: genérica.

Facultades que se delegan:

— Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios municipales dedicados a esas materias, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

— Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

— Capacidad de realizar y formalizar contratos menores hasta 3.005,06 euros.

Décimo.—Nombrar a doña Cristina Expósito de Frutos concejala-delegada de Servicios Sociales, Mujer, Mayores, Salud y Consumo e Inmigración.

Tipo de delegación: genérica.

Facultades que se delegan:

— Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios municipales dedicados a esas materias, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

— Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

— Capacidad de realizar y formalizar contratos menores hasta 3.005,06 euros.

Undécimo.—Nombrar a doña María de las Nieves Pérez Aranda concejala-delegada de Comercio y Participación Ciudadana.

Tipo de delegación: genérica.

Facultades que se delegan:

— Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios municipales dedicados a esas materias, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

— Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

— Capacidad de realizar y formalizar contratos menores hasta 3.005,06 euros.

Duodécimo.—Nombrar a don Jesús Coca Gradín concejal-delegado de Relaciones Aeroportuarias.

Tipo de delegación: genérica.

Facultades que se delegan:

— Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios municipales dedicados a esas materias, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

— Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.

— Capacidad de realizar y formalizar contratos menores hasta 3.005,06 euros.

Decimotercero.—Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a los siguientes miembros de la Corporación Municipal.

— Doña Beatriz María González de Castejón Rodríguez-Salmones, primera teniente de alcalde.

— Don Mariano Hidalgo Pérez, segundo teniente de alcalde.

— Don Jaime del Barrio Pisón, tercer teniente de alcalde.

— Doña Lourdes de Villota Chocano, cuarta teniente de alcalde.

Decimocuarto.—La Junta de Gobierno tendrá asignada las siguientes atribuciones:

a) La asistencia permanente a la Alcaldía en el ejercicio de sus atribuciones.

b) Las atribuciones que la Alcaldía le delega y que son:

1. Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo.

2. Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, los 6.000.000 de euros, incluidos los de carácter plurianual, cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.

3. La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto.

4. La adquisición de bienes y derechos cuando su valor no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni los 3.000.000 de euros, así como la enajenación del patrimonio que no supere el porcentaje ni la cuantía indicados en los siguientes supuestos:

1.o La de bienes inmuebles, siempre que esté prevista en el presupuesto.

2.o La de bienes muebles, salvo los declarados de valor histórico o artístico cuya enajenación no se encuentre prevista en el presupuesto.

5. Las demás que expresamente le atribuyan las Leyes y aquellas que la legislación del Estado o de las Comunidades Autónomas asignen al municipio y no atribuya a otros órganos municipales.

Decimoquinto.—La periodicidad de las sesiones de la Junta de Gobierno Local será semanal, celebrándose los miércoles a las nueve horas. Las sesiones extraordinarias y las urgentes tendrán lugar cuando, con tal carácter, sean convocadas por el alcalde.

Decimosexto.—La adopción de las resoluciones correspondientes de su competencia por los concejales-delegados se efectuará previa la tramitación del procedimiento legal o reglamentariamente establecido.

Decimoséptimo.—La atribuciones delegadas se deberán ejercer en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro órgano o concejal.

Decimoctavo.—En el texto de las resoluciones adoptadas por los concejales, en virtud de esta delegación, se tendrán que hacer constar esta circunstancia, mediante la inclusión en la parte expositiva del siguiente texto:

“Por todo ello, en ejercicio de las competencias que se me han sido conferidas en virtud de la delegación efectuada por la Alcaldía de este Ayuntamiento, mediante decreto número 193/2013, de fecha 25 de abril”.

Decimonoveno.—Las resoluciones que se adopten por delegación se entenderán dictadas por esta Alcaldía, como titular de la competencia originaria, a quien se tendrá que mantener informado del ejercicio de la delegación, y gozarán, por tanto, de ejecutividad y presunción de la legitimidad.

Vigésimo.—De conformidad con lo dispuesto por el artículo 44 del Reglamente de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, estas delegaciones tendrán efecto desde el día siguiente a la fecha de notificación del decreto al concejal afectado, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Vigésimo primero.—En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de los concejales-delegados, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las competencias delegadas, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de avocación en base a la presente resolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa en este sentido.

Vigésimo segundo.—Los concejales y concejales con delegación quedan obligados a informar a la Alcaldía, a posteriori, de la gestión y disposiciones que dicte, y, previamente, de las decisiones de trascendencia en los términos previstos en el artículo 115 del Reglamento de Organización y funcionamiento.

Vigésimo tercero.—Igualmente, quedan obligados a dar cuenta fehaciente y con una periodicidad máxima mensual a la Junta de Gobierno municipal de todas aquellas resoluciones que hayan dictado en el ejercicio de sus competencias delegadas.

Vigésimo cuarto.—Los concejales que ostenten delegaciones genéricas tendrán la facultad de supervisar la actuación de los concejales con delegaciones especiales para cometidos específicos incluidos en sus correspondientes áreas.

Vigésimo quinto.—Se entenderán derogados todos los decretos que se opongan o contradigan lo establecido en este.

Vigésimo sexto.—Dese cuenta del presente decreto a los concejales interesados y al Pleno en la primera sesión que celebren.

Vigésimo séptimo.—Dese cuenta del presente decreto al Departamento de Personal y a la Intervención de fondos a los efectos previstos en los presupuestos generales de la Corporación.

En Algete, a 29 de abril de 2013.—El alcalde-presidente, Cesáreo de la Puebla de Mesa.

(03/15.428/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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