Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
31-05-2013

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130531-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

84
Juicio de faltas 401 de 2012

Don José Miguel Herranz Romero, secretario del Juzgado de instrucción número 20 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 401 de 2012 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

En Madrid, a 22 de octubre de 2012.—Vistos por don Antonio Viejo Llorente, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 20 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal de faltas número 401 de 2012, seguidos por maltrato y amenazas, en el que han sido partes, además del ministerio fiscal: don Javier Alberto Moposita Montesdeoca y don Jairo Anderson Brito Armijo, como denunciantes, y don Yeray Gómez Fernández, como denunciado, convengo en señalar lo siguiente:

Fallo

Que debo absolver y absuelvo libremente a don Yeray Gómez Fernández de los hechos objeto del presente procedimiento, declarando de oficio las costas del mismo.

Notifíquese a las partes en la forma prevista en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, haciendo saber que esta sentencia no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial, en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación, que deberá formalizarse ante este Juzgado por escrito en la forma prevista en los artículos 790 y 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Javier Alberto Moposita Montesdeoca, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 22 de abril de 2013.—El secretario (firmado).

(03/15.108/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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