Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
01-06-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130601-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GRANADA NÚMERO 6

EDICTO

113
Procedimiento 282 de 2011

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 6 de Granada.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento número 282 de 2011, sobre social ordinario, a instancias de don Benjamín Gabriel Micó Contreras, contra “Reliable Installations & Maintenance Services, Sociedad Limitada”, y “Construcciones de las Conducciones de Madrid, Sociedad Limitada”, en la que se ha dictado sentencia número 199 de 2013, de fecha 23 de abril, que sustancialmente dice lo siguiente:

1.o Estimo la demanda interpuesta por don Benjamín Gabriel Micó Contreras, en reclamación de cantidad, y condeno a la empresa “Construcciones de las Conducciones de Madrid, Sociedad Limitada”, a que abone al actor la cantidad de 4.691euros por los conceptos salariales expresados, más 469,10 euros por interés moratorio.

2.o Se declara la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial en caso de insolvencia de la empresa y dentro de los límites legales del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

3.o Se tiene a la parte actora por desistida de su demanda frente a la mercantil “Reliable Installations & Maintenance Services, Sociedad Limitada”.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente y líbrese testimonio de la misma para su constancia en autos y notifíquese la presente sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, anunciándolo ante este Juzgado en los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, debiéndose efectuar, según proceda, las consignaciones previstas en los artículos 229 y 230 de la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, siendo la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado la abierta en la entidad bancaria “Banesto” con número 1773/0000/65/282/11.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a “Reliable Installations & Maintenance Services, Sociedad Limitada”, y “Construcciones de las Conducciones de Madrid, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el “Boletín Oficial de la Provincia de Granada”, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Granada, a 23 de abril de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/15.340/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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