Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 132

Fecha del Boletín 
05-06-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130605-136

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

136
Procedimiento 985 de 2011

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 985 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ezequiel Alejandro Cunidi, don Gustavo Adolfo Cunidi, don Gustavo Javier Cunidi y doña Noemí Susana Días Moura, frente a don Luis Casaubón Carles, Fondo de Garantía Salarial, y “Pan de Miga Gestión Hostelera, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Providencia

Ilustrísimo magistrado-juez de lo social, don Ángel Juan Alonso Boggiero.—En Madrid, a 30 de abril de 2013.

En uso de la facultad conferida al juzgador en el artículo 88 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, con suspensión del plazo para dictar sentencia y con intervención de las partes, se acuerda la práctica de las siguientes diligencias finales.

Requiérase al administrador concursal don Luis Casaubón para que en el plazo de diez días emita informe sobre los siguientes extremos:

Cifra de negociación y resultado de la empresa “Pan de Miga Gestión Hostelera, Sociedad Limitada”, en el ejercicio 2010.

Cuantía de las indemnizaciones provisionadas en la lista de acreedores, y si dichas indemnizaciones se han provisionado con arreglo a las circunstancias laborales que, respectivamente, se indica para cada trabajador por antigüedad y salario mensual con prorrata pagas:

A doña Noemí Susana Días Moura: 4 de septiembre de 2008 y 787,89 euros.

A don Gustavo Adolfo Cunidi: 26 de julio de 2006 y 2.438,95 euros.

A don Gustavo Javier Cunidi: 7 de diciembre de 2007 y 1.298,33 euros.

A don Ezequiel Alejandro Cunidi: 7 de noviembre de 2008 y 452,97 euros.

Disponibilidad de tesorería para abonar las indicadas indemnizaciones en fecha 30 de junio de 2011.

Una vez practicada la diligencia final dese traslado a las partes por tres días para su conocimiento y conclusiones, si a su derecho interesa, y una vez concluido este plazo, dese cuenta a su señoría, y queden los autos conclusos para dictar la resolución que proceda.

Si transcurrido el plazo para la práctica de la diligencia final y no se hubiese cumplimentado, dese cuenta para acordar lo que proceda.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2511/0000/61/0985/11.

Lo manda y firma su señoría.—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Pan de Miga Gestión Hostelera, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de mayo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.528/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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