Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 132

Fecha del Boletín 
05-06-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130605-155

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

155
Ejecución 830 de 2012

Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 830 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Gema Pérez Gutiérrez, frente a don Juan Manuel Garabato, doña María Luisa Lombide Matute y “Body Cénter Estética Avanzada, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se acuerda subsanar el defecto advertido en sentencia de fecha 4 de marzo de 2013, consistente en los siguientes términos:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña Gemma Pérez Gutiérrez, contra “Body Cénter Estética Avanzada, Sociedad Limitada”, doña María Luisa Lombide Matute, don Juan Manuel Garabato y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido de la parte actora, condenando a los demandados solidariamente a que, a su elección que deberán manifestar en el plazo de los cinco días siguientes al de la notificación de esta sentencia, le readmitan en su mismo puesto de trabajo o le indemnicen en la suma de 13.634,79 euros, así como el abono de la cantidad de 5.227,60 euros, más el interés moratorio de la citada cantidad.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarial, deberá estar y pasar por la presente declaración.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Valvanuz Peña García.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Body Cénter Estética Avanzada, Sociedad Limitada”, doña María Luisa Lombide Matute y don Juan Manuel Garabato, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 18 de abril de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/15.598/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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