Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 133

Fecha del Boletín 
06-06-2013

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130606-100

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN

100
Procedimiento cargas 201 de 2013

Que en este Juzgado, al número 201 de 2013, se sigue expediente de liberación de cargas a instancias de doña María del Pilar Rodríguez Vizuete, don Genovevo Vicente Hernández Blanco, doña Rosa Benito Hernández, don José Manuel Rasines Martín, doña María Lourdes Escribano Expósito, don Filomeno González Palomero, doña María del Carmen Reinoso Arévalo, don Agustín Martín Sanabria, doña Luisa Carapeto Gómez, don José Morillas Jiménez, doña María del Carmen Moreno de la Cruz, doña Cecilia Rodea Pérez, don Celso Antonio Rodríguez Gómez, doña Rafaela Muñoz Martínez, don Carlos González Peribáñez, doña Antonia Rey Merchán, don Javier Cotodeleyto, doña Eva Palmira Lopezsalcedo, don Eusebio Romeral Juridias, doña Josefa Rojas Martín, don Alfonso García López, doña Luciana González Sánchez, doña María del Carmen Castaño Solórzano, doña Gloria Castaño Solórzano y doña Anastasia Solórzano Mínguez, en solicitud del liberación de gravamen del artículo 811 del Código Civil que grava la finca número 40.060, inscripción décima del Registro de la Propiedad número 1 de Getafe.

Por el presente, y en virtud de diligencia de ordenación de esta fecha, se cita a los causabientes de don Sotero Vivar González, como titulares del gravamen cuya liberación se solicita, para que dentro del término de diez días, a contar desde la publicación de este edicto, pueden comparecer en el Juzgado alegando lo que a su derecho convenga, bajo apercibimiento de que, de no comparecer, se dictará sentencia ordenando la cancelación correspondiente.

Dado en Getafe, a 6 de mayo de 2013.—La secretaria (firmado).

(02/3.861/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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