Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
10-06-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130610-160

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

160
Ejecución 35 de 2013

Doña Ana María Ruiz Tejero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 35 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cynthia Carolina Cáceres, frente a “Educación Técnico Profesional, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 6 de mayo de 2013.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en fecha 25 de abril de 2013 ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias presentado por doña Cynthia Carolina Cáceres solicitando la ejecución de la sentencia y auto de extinción de la relación laboral por la que se condena a “Educación Técnico Profesional, Sociedad Limitada”, al pago de cantidad líquida, asimismo, hago constar que dicho título es firme. Paso a dar cuenta.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 6 de mayo de 2013.—En atención a lo expuesto,

Parte dispositiva:

No ha lugar al despacho de ejecución contra la empresa demandada “Educación Técnico Profesional, Sociedad Limitada”, por hallarse declarada la misma en situación de concurso, sin perjuicio del tratamiento concursal que corresponda a dar a los créditos declarados en la sentencia recaída; a cuyo fin podrá instarse la ejecución ante el magistrado-juez del concurso (Juzgado de lo mercantil número 1 de Bilbao, procedimiento número 553 de 2012).

Hágase entrega a la parte actora de testimonio, en la Secretaría de este Juzgado, de la demanda de la sentencia recaída en este procedimiento con expresión de su firmeza y de las actuaciones que se hayan practicado con posterioridad a la sentencia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, así como al Fondo de Garantía Salarial.

Archívense las presentes actuaciones previa baja en el libro correspondiente.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Isabel Saiz Areses.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Educación Técnico Profesional, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de mayo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.096/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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