Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
10-06-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130610-194

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

194
Ejecución 53 de 2013

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 53 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Connie Paloma Zacarías Tejeda y doña Tatiana Horcajada Rodríguez, frente a “Estudios Mercados y Suministros Sanitarios, Sociedad Limitada”, “Global Card Médica, Sociedad Limitada”, “Global Card Servicios Sanitarios, Sociedad Limitada”, y “Patrimonio K 10, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Se alzan los embargos acordados en la presente ejecución, cancelándose las medidas de garantía adoptadas. A cuyo efecto, practíquese a través del Punto Neutro Judicial y líbrense los correspondientes oficios.

Pónganse a disposición de doña Connie Paloma Zacarías Tejeda la cantidad de 23.420,97 euros y de doña Tatiana Horcajada Rodríguez la cantidad de 13.003,38 euros en concepto de intereses, una vez firme la presente resolución, mediante mandamiento de devolución.

Líbrense los testimonios solicitados por la parte ejecutante, para su presentación en la Agencia Tributaria.

Practíquese por la secretaria judicial de este Juzgado la correspondiente tasación de costas y liquidación de intereses.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Estudios Mercados y Suministros Sanitarios, Sociedad Limitada”, “Patrimonio K 10, Sociedad Limitada”, “Global Card Médica, Sociedad Limitada”, y “Global Card Servicios Sanitarios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de mayo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.355/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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