Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
10-06-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130610-129

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 62

EDICTO

129
Procedimiento ordinario 1.495 de 2011

En el presente procedimiento verbal, seguido a instancias de don Alexander Steinforth, frente a “Autorola Spain, Sociedad Limitada”, y “Logic Automoción, Sociedad Limitada Unipersonal”, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 5 de abril de 2013.—Doña Manuela Hernández Lloreda, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 62 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal con el número 1.495 de 2011, seguidos por el procurador de los Tribunales señor Gamarra Mejías, en nombre y representación de don Alexander Steinforth, contra “Autorola Spain, Sociedad Limitada”, que, representada por el procurador de los Tribunales señor Romero Ballester, se opuso a la demanda, y “Logic Automoción, Sociedad Limitada Unipersonal”, en situación de rebeldía, procede a dictar la presente resolución.

Fallo

Que desestimando la excepción de falta de legitimación de “Autorola Spain, Sociedad Limitada”, estimo la demanda formulada por el procurador de los Tribunales señor Gamarra Mejías, en nombre y representación de don Alexander Steinforth, declarando la resolución contractual y condenando a “Autorola Spain, Sociedad Limitada”, representada por el procurador de los Tribunales señor Romero Ballester, y a “Logic Automoción, Sociedad Limitada Unipersonal”, declarada en rebeldía, al pago solidario de la cantidad de 4.038,96 euros, más intereses legales desde su interpelación en la demanda de conciliación en los términos reclamados, así como al pago de las costas devengadas en este procedimiento.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación, que deberá interponerse en este Juzgado por medio de escrito en el plazo de veinte días hábiles siguientes al de su notificación.

Y encontrándose dicha demandada, “Logic Automoción, Sociedad Limitada Unipersonal”, en paradero desconocido, se expide el presente, a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

Madrid, a 5 de abril de 2013.—La magistrada-juez de primera instancia (firmado).

(02/3.881/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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