Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
10-06-2013

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130610-132

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 1

EDICTO

132
Procedimiento ordinario 74 de 2009

En el presente procedimiento ordinario número 74 de 2009, seguido a instancias de don Juan Giráldez Angorrilla y doña Rufina Bermejo Bermejo, frente a don Pedro García Marinero y “Euromotor 2002, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia

En Alcobendas, a 14 de diciembre de 2012.—Vistos por mí, Myriam Feijoo Delgado, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 1 de Alcobendas, los presentes autos de juicio ordinario número 74 de 2009, seguidos por la procuradora de los Tribunales doña Eva López García, en nombre y representación de don Juan Giráldez Angorrilla y de doña Rufina Bermejo Bermejo, asistidos de la letrada doña Verónica Giráldez Lozano, y dirigida contra don Pedro García Marinero, representado por la procuradora de los Tribunales doña Araceli Gómez-Elvira Suárez y defendido por la letrada doña Milena Itziar Barón Lozano, y contra “Euromotor 2002, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía, sobre reclamación de cantidad, procede dictar la presente resolución del siguiente tenor literal:

Fallo

Estimando íntegramente la demanda inicial de estas actuaciones interpuesta por la procuradora de los Tribunales doña Eva López García, en nombre y representación de don Juan Giráldez Angorrilla y de doña Rufina Bermejo Bermejo, asistidos de la letrada doña Verónica Giráldez Lozano, y dirigida contra don Pedro García Marinero, representado por la procuradora de los Tribunales doña Araceli Gómez-Elvira Suárez y defendido por la letrada doña Milena Itziar Barón Lozano, y contra “Euromotor 2002, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía, debo condenar y condeno al demandado a que abone a la demandante la cantidad de 222.000 euros en concepto de principal, más los intereses legales y las costas causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado, en el plazo de veinte días, para su posterior decisión por la Audiencia Provincial de Madrid.

Se apercibe a las partes que es requisito imprescindible para la interposición del recurso de apelación la consignación como depósito de la cantidad de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, salvo que tengan reconocido el beneficio de justicia gratuita. Para efectuarlo deben indicar en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un “recurso”, seguido del “Código 02 Civil-Apelación”.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de su fecha por la magistrada-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública.—Doy fe.

Y encontrándose dicha demandada, “Euromotor 2002, Sociedad Limitada”, B-831012220, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Alcobendas, a 8 de marzo de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(02/3.909/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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